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Guía pedagógica Jornada mundial 2009
el 10 octubre 2009
2009
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Con esta guía pedagógica, la Coalición mundial contra
la pena de muerte lanza una iniciativa para la colabo-
ración quiere enriquecerse con las contribuciones de
todos y cada uno.
Esta guía tiene por vocación ser alimentada con
nuevas fichas y nuevos temas.
Será regularmente actualizada en el sitio Internet de la
Coalición Mundial (www.worldcoalition.org).
En nombre de los miembros de la Coalición Mundial,
presentes en más de 30 países en todo el mundo, les
agradecemos su apoyo
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A/HRC/54/53: Desafíos en materia de derechos humanos a la hora de abordar y contrarrestar todos los aspectos del problema mundial de las drogas – Informe de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos
el 15 agosto 2023
2023
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En el presente informe se exponen los desafíos en materia de derechos humanos a la
hora de abordar y contrarrestar todos los aspectos fundamentales del problema mundial de
las drogas. También se ofrece una reseña de los avances positivos recientes en favor de la
adopción de políticas en materia de drogas más centradas en los derechos humanos y se
proporcionan recomendaciones sobre la manera de avanzar en vista del próximo examen de
mitad de período de la Declaración Ministerial de 2019 y para contribuir a la implementación
de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.
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Informe Global de Amnistia internacional: condenas a muerte y ejecuciones 2023
el 29 mayo 2024
2024
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Según el seguimiento que hace Amnistía Internacional del uso de la pena de muerte en el mundo, en 2023 se tuvo noticia de 1.153 ejecuciones: un aumento del 31% respecto de las 883 de 2022. Sin embargo, hubo un descenso significativo en el número de países que llevaron a cabo ejecuciones, que pasó de 20 en 2022 a 16 en 2023.
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KIT DE MOVILIZACIÓN
el 10 octubre 2015
2015
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Cada año, la Coalición Mundial contra la pena de muerte hace un llamado a los ciudadanos, las organizaciones
e instituciones comprometidas con la abolición universal de la pena de muerte para que organicen, el 10 de
octubre, centenares de iniciativas locales en todo el mundo. Debates, conciertos, comunicados de prensa y
otras manifestaciones dan una perspectiva amplia e internacional a la reivindicación de la abolición universal.
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Hoja Informativa Detallada
el 10 octubre 2012
2012
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El 10 octubre, la Coalición Mundial contra la Pena de Muerte y las abolicionistas mundiales celebrarán el
10° aniversario de Día Mundial contra la Pena de Muerte. El Día Mundial de este año se concentra en los
logros y el progreso que se han realizado hacia la abolición. Alrededor del mundo, los países han terminado
o restringido la pena de muerte. Además, han expresado su apoyo a terminar esta práctica al ratificar el
Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que aspira a la
abolición total de la pena de muerte; al igual votaron en apoyo de las resoluciones de la ONU para una
moratoria a la pena de muerte. La Coalición Mundial apoya estos pasos en la dirección correcta, a la vez
que quedamos vigilantes de los desafíos del futuro.
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Informe Global de Amnistía Internacional : Condenas a muerte y ejecuciones 2022
el 16 mayo 2023
2023
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Este informe examina la aplicación judicial de la pena de muerte durante el periodo comprendido entre enero y diciembre de 2022. Amnistía Internacional informa exclusivamente sobre ejecuciones, condenas a muerte y otros aspectos del uso de la pena capital, como conmutaciones y exoneraciones, cuando hay una confirmación razonable. En muchos países, los gobiernos no publican información sobre el uso que hacen de la pena de muerte.
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República Popular de China:La cuenta atrás para los Juegos Olímpicos: La represión de activistas ensombrece las reformas sobre la pena de muerte y los medios de comunicación
el 1 enero 2007
2007
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Amnistía Internacional le sigue preocupando que varios altos funcionarios chinos siguen utilizando «mano dura» las políticas para restringir las actividades legítimas de una serie de activistas pacíficos, entre ellos periodistas, abogados y defensores de los derechos humanos. Este informe se refiere a cambios en estas áreas, ilustrado por las experiencias de varias personas que han sido detenidas o encarceladas en violación de sus derechos humanos fundamentales. El hecho de que las autoridades chinas para resolver las debilidades legales e institucionales que permitan el florecimiento de tales violaciónes sigue obstaculizando los esfuerzos para fortalecer el estado de derecho en China.
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Leaflet Spanish 2012
el 10 octubre 2012
2012
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Leaflet Spanish 2012
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PENA DE MUERTE HECHOS Y DATOS
el 10 octubre 2013
2013
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PENA DE MUERTE
HECHOS Y DATOS
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Informe de la OACDH 2021 sobre el efecto disuasorio : Mesa redonda de alto nivel sobre la cuestión de la pena de muerte
el 14 enero 2022
2022
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Este informe se presenta en cumplimiento de las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 26/2 y 42/24. Contiene un resumen de la mesa redonda de alto nivel sobre la cuestión de la pena de muerte que se celebró el 23 de febrero de 2021 durante el 46º período de sesiones del Consejo. La mesa redonda se ocupó de las violaciones de los derechos humanos relacionadas con el uso de la pena de muerte, en particular de si el uso de dicha condena tiene un efecto disuasorio sobre la tasa de delincuencia.
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Condenas A Muerte Y Ejecuciones 2021
el 25 mayo 2022
2022
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En 2021 tuvo lugar un preocupante aumento de las ejecuciones y las condenas a muerte, a raíz de que algunos de los verdugos más prolíficos del mundo volvieran a las andadas y los tribunales se liberaran de las restricciones relacionadas con la COVID-19. Así lo ha manifestado hoy Amnistía Internacional en su informe anual sobre la pena de muerte.
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Poster Spanish 2004
el 10 septiembre 2004
2004
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Poster Spanish 2004
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HECHOS Y DATOS 13° Día Mundial contra la pena de muerte
el 10 octubre 2015
2015
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PENA DE MUERTE Y LOS CRIMENES POR DROGA
HECHOS Y DATOS
13° Día Mundial contra la pena de muerte
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Cómo aliviar la carga que supone para los menores la condena a muerte de un(a) progenitor(a)
el 1 enero 2013
2013
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Este artículo comienza proporcionando información básica sobre los hijose hijas de padres condenados a muerte, aspectos que perduran a lo largode toda la interacción de dicho progenitor(a) con el sistema de justicia penal.Seguidamente, estudia aquellos aspectos que son similares a aquellos a losque se enfrentan los hijos e hijas de otros reclusos, pero se centra en lasdiferencias que afectan a los hijos de padres condenados a muerte. Para unainformación más detallada sobre la situación de los hijos de reclusos en todoel mundo, incluyendo recomendaciones y ejemplos de buenas prácticas, léaseel artículo de QUNO del año 2012:Convictos colaterales. En tercer lugar, seconsideran las cuestiones radicalmente distintas, aquellas que experimentanúnicamente los hijos cuyos padres o madres han sido condenados a muerte. Alo largo de todo el artículo se incluye un número limitado de recomendaciones;no se pretende que sean absolutas, sino que tan solo abarcan aquellosámbitos donde ya existe evidencia de un progreso positivo.
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La Pena de Muerte ignora las Enfermedades Mentales
el 8 septiembre 2020
2020
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El derecho constitucional de los Estados Unidos está de acuerdo con algunas de estas salvaguardas, pero no lo suficiente. La ejecución de un demente, alguien que no comprende la razón de su castigo ni la realidad del mismo, viola la constitución de los Estados Unidos.
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La Pena de Muerte Cuesta Más
el 8 septiembre 2020
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La eliminación de la pena de muerte resultaría en un ahorro neto para el estado de por lo menos varias decenas de millones de dólares anuales, y un ahorro neto para los gobiernos locales de millones a decenas de millones de dólares a nivel estado.
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La Pena de Muerte Viola los Derechos de los Ciudadanos Extranjeros
el 8 septiembre 2020
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Cerca de 125 ciudadanos extranjeros se encuentran condenados a pena de muerte en 16 jurisdicciones. Casi la mitad de los ciudadanos extranjeros condenados a muerte son de México, que ha sido abolicionista en caso de delitos comunes desde 1937.
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La Pena de Muerte tiene Tendencias Racistas
el 8 septiembre 2020
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Un acusado tenía más posibilidades de ser sentenciado a muerte si la víctima del asesinato era blanca. Esto confirma los resultados de varios estudios en los que al mantener los demás factores constantes, el único indicador más confiable de si una persona será sentenciada a muerte es la raza de la víctima.
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Manual de Capacitación No. 1 Derechos Humanos y Prisioneros Vulnerables
el 1 enero 2003
2003
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Estos manuales plantean más de treinta y cinco diferentes asuntos relacionados con la reforma penal. Se utilizó información amplia de obras anteriores realizadas por terceros, incluyendo la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos1, UNICEF, el ICRC y Amnistía Internacional.
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Confesiones Falsas Y Grabación De Interrogatorios En Custodia Policial
el 8 septiembre 2020
2020
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Muchas de las mas de 240 condenas que las muestras de ADN (DNA en sus siglas en inglés) han probado erróneas guardaban relación con alguna variable de fals confesión. Es virtualmente imposible determinar los motivos que llevarían a una persona a confesar un crimen que no ha cometido.
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La pena capital y la aplicación de las salvaguardias para garantizar la protección de los derechos de los condenados a la pena de muerte : Informe del Secretario General
el 8 septiembre 2020
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El presente informe, que se ha preparado de conformidad con las resoluciones del Consejo Económico y Social 1754 (LIV), de 16 de mayo de 1973, y 1995/57, de 28 de julio de 1995, es el séptimo informe quinquenal del Secretario General sobre la pena capital. Abarca el período 1999-2003 y examina la evolución en el uso de la pena capital en todo el mundo, tanto en la ley como en la práctica. El informe muestra una alentadora tendencia hacia la abolición y la limitación del uso de la pena capital en la mayoría de los países. Muestra también que queda mucho por hacer en relación con la aplicación de las salvaguardias para proteger los derechos de las personas condenadas a la pena de muerte en los países que todavía la aplican.
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Informe del Relator Especial, Philip Alston, sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias
el 1 enero 2007
2007
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El presente informe detalla las actividades realizadas por el Relator Especial en 2009 y en los primeros cuatro meses de 2010. Es el informe final presentado al Consejo de Derechos Humanos por Philip Alston en su calidad de Relator Especial. En él se analizan las actividades y los métodos de trabajo del mandato durante los últimos seis años y se señalan cuestiones importantes que convendría estudiar en el futuro. Las adiciones detalladas de este informe tratan de las siguientes cuestiones: a) la rendición de cuentas por los homicidios cometidos por la policía; b) los asesinatos relacionados con los procesos electorales; y c) las ejecuciones selectivas.
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Informe del Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, Manfred Nowak – MISIÓN A MONGOLIA
el 8 septiembre 2020
2020
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El Relator Especial también está muy preocupado por todas las circunstancias que rodean en Mongolia a la pena de muerte, especialmente su absoluto secreto. A pesar de las peticiones reiteradas que el Relator Especial dirigió a las máximas autoridades del Gobierno, a los fiscales y al poder judicial, no se le proporcionó información oficial alguna. El Relator expresó preocupación por el hecho de que no se notificara ni siquiera a las familias de los condenados la fecha o el lugar precisos de la ejecución ni se les entregaran los restos mortales para enterrarlos, lo que supone un trato inhumano a la familia contrario al artículo 7 del Pacto. Además los presos condenados a muerte de las prisiones de Gants Hudag y Zuunmod permanecen recluidos en aislamiento completo, esposados y encadenados, y no reciben alimentos adecuados. Estas condiciones constituyen castigos añadidos que sólo cabe calificar de torturas según la definición recogida en el artículo 1 de la Convención.
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MANUAL DE FACILITACIÓN CARPETA DE INFORMACIÓN DE EDUCACIÓN PARA LA DIGNIDAD HUMANA GUÍA PARA EL USO DE METODOLOGÍAS PARTICIPATIVAS EN LA EDUCACIÓN EN DERECHOS HUMANOS
el 1 enero 2011
2011
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Forma parte del Proyecto Educación para la Dignidad Humana de Amnistía Internacional, y está concebida para ser utilizada con los módulos fundamentales del proyecto que tratan cuestiones relativas a la pobreza y los derechos humanos. Sin embargo, este manual de facilitación se ha elaborado con la flexibilidad necesaria para que pueda ser usado por sí solo como recurso de carácter general en diversos entornos.
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Eliminación de todas las formas de intolerancia religiosa
el 1 enero 2012
2012
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En el presente informe, el Sr. Heiner Bielefeldt, Relator Especial sobre la libertad de religión o de creencias, ofrece un panorama general de las actividades que ha llevado a cabo después de la presentación del informe anterior a la Asamblea General (A/66/156), incluidas las visitas a países, las comunicaciones y otras actividades.
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Informe provisional del Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes
el 1 enero 2012
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En el presente informe, presentado de conformidad con la resolución 66/150 de la Asamblea General, el Relator Especial aborda cuestiones que suscitan especial preocupación y algunos nuevos acontecimientos recientes atinentes a su mandato
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Exécutions extrajudiciaires, sommaires ou arbitraires
el 1 enero 2012
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En los Estados en los que se sigue utilizando la pena de muerte, el derecho internacional impone requisitos estrictos que deben cumplirse para que esta no se considere ilícita. En el presente informe el Relator Especial examina el problema del error y el uso de tribunales militares en el contexto de los requisitos de un juicio imparcial. También examina la limitación de la imposición de la pena de muerte solo a los delitos más graves, que son los casos de homicidio intencional. Por último, examina cuestiones relativas a la colaboración y la complicidad, así como la transparencia en el uso de la pena de muerte.
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Informe del Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, Manfred Nowak – MISIÓN CHINA
el 8 septiembre 2020
2020
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Resumen = Español, Annex = InglésEl Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos odegradantes realizó una visita a China del 20 de noviembre al 2 de diciembre de 2005 por invitación del Gobierno chino. Expresa su agradecimiento al Gobierno por la plena cooperación prestada durante la visita. El informe contiene un estudio de los aspectos jurídicos y fácticos de la situación en lo que respecta a la tortura o los malos tratos en China.
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Informe del Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, Manfred Nowak
el 1 enero 2009
2009
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En el capítulo III, el Relator Especial se centra en la compatibilidad de la pena de muerte con la prohibición de las penas crueles, inhumanas o degradantes. Saca la conclusión de que la interpretación histórica del derecho a la integridad de la persona y la dignidad humana en relación con la pena de muerte está cada vez más reñida con la interpretación dinámica de ese derecho en relación con el castigo corporal y las incoherencias resultantes de la distinción entre castigo corporal y pena capital, así como con la tendencia universal a abolir la pena capital.
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Las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias: Informe del Relator Especial, Bacre Waly Ndiaye
el 1 enero 1997
1997
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Este informe se presenta en cumplimiento de la resolución 1997/61 de laComisión de Derechos Humanos, de 16 de abril de 1997, titulada «Ejecucionesextrajudiciales, sumarias o arbitrarias». Es el sexto informe presentado ala Comisión de Derechos Humanos por el Sr. Bacre Waly Ndiaye y el 15º informepresentado a la Comisión desde la atribución del mandato sobre «ejecucionessumarias o arbitrarias» por el Consejo Económico y Social en suresolución 1982/35 de 7 de mayo de 1982.
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Las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias: Informe de la Relatora Especial, Sra. Asma Jahangir
el 1 enero 1999
1999
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Este informe se presenta en cumplimiento de la resolución 1998/68 de laComisión de Derechos Humanos, de 21 de abril de 1998, titulada “Ejecucionesextrajudiciales, sumarias o arbitrarias”. Es el primer informe quela Sra. Asma Jahangir somete a la consideración de la Comisión y el decimosextode los presentados a ésta desde que el Consejo Económico y Social estableció elmandato sobre “ejecuciones sumarias y arbitrarias” en virtud de su resolución1982/35, de 7 de mayo de 1982.
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Las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias: Informe de la Relatora Especial, Sra. Asma Jahangir, presentado en cumplimiento de la resolución 1999/35 de la Comisión de Derechos Humanos
el 1 enero 2000
2000
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En la resolución 1999/35, la Comisión de Derechos Humanos pidió a la Relatora Especial que siguiera examinando situaciones de ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, respondiera efectivamente a la información que se le presentase e intensificara su diálogo con los gobiernos, y procediera al seguimiento de las recomendaciones hechas en los informes sobre las visitas a determinados países. La Comisión también pidió que la Relatora Especial continuara vigilando el cumplimiento de las normas internacionales existentes sobre salvaguardias y limitaciones para la aplicación de la pena capital teniendo en cuenta los comentarios hechos por el Comité de Derechos Humanos en su interpretación del artículo 6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como de su segundo Protocolo Facultativo.
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Las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias: Informe de la Relatora Especial, Sra. Asma Jahangir, presentado en cumplimiento de la resolución 2001/45 de la Comisión de Derechos Humanos
el 1 enero 2002
2002
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En el informe también se examina el tema de la pena capital y se hace referencia a casos de pena de muerte en los que la Relatora Especial intervino al tener noticia de que las condenas correspondientes se habían anunciado en violación de las limitaciones internacionales y de las normas de derechos humanos
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Las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias: Informe de la Relatora Especial, Asma Jahangir, presentado en cumplimiento de la resolución 2002/36 de la Comisión de Derechos Humanos
el 1 enero 2003
2003
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En el informe también se examina el tema de la pena capital y se hace referencia a casos de pena de muerte en que la Relatora Especial intervino al tener noticia de que las condenas se habían dictado en violación de las restricciones internacionales y de la normativade derechos humanos.
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Las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias: Informe de la Relatora Especial, Asma Jahangir
el 1 enero 2003
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El informe examina también el tema de la pena capital y hace referencia a los casosde pena de muerte en que la Relatora Especial ha intervenido al tener noticia de que las sentencias se han pronunciado en violación de las restricciones internacionales y de la normativa de derechos humanos.
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Las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias: Informe del Relator Especial, Philip Alston
el 1 enero 2004
2004
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En la parte analítica del informe, se examina en profundidad un pequeño número decuestiones, prestando especial atención a la responsabilidad. Los cuatro temas principales que se abordan son: i) el genocidio y los crímenes de lesa humanidad; ii) las violaciones del derecho a la vida durante los conflictos armados y las contiendas civiles; iii) la pena capital; y iv) las violaciones del derecho a la vida por parte de agentes no estatales.
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LA TRANSPARENCIA Y LA IMPOSICIÓN DE LA PENA DE MUERTE, Informe del Relator Especial, Philip Alston
el 1 enero 2006
2006
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En el presente informe del Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias se examina la esfera crítica del incumplimiento de las garantías jurídicas establecidas para proteger el derecho a la vida. El informe se basa en la premisa de que el derecho internacional «no prohíbe a los países que opten por el mantenimiento de la pena de muerte, pero éstos tienen la obligación inequívoca de divulgar los detalles de la aplicación de esa pena» (E/CN.4/2005/7, párr. 59). En él se analiza la base jurídica de esa obligación de transparencia, y se examinan estudios de casos que ilustran los principales problemas que existen en esta esfera.
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Las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias: Informe del Relator Especial, Sr. Philip Alston
el 1 enero 2006
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Este informe se presenta de conformidad con la resolución 2005/34 de la Comisión y debe leerse junto con sus diferentes adiciones. En ellas figura la siguiente información: un análisis detallado de las comunicaciones enviadas a los gobiernos en las que se describen los presuntos casos de ejecuciones extrajudiciales; informes sobre las misiones realizadas a Nigeria y Sri Lanka durante 2005; un informe sobre el principio de transparencia en relación con la pena de muerte; y varios informes relativos al seguimiento de las misiones realizadas anteriormente al Sudán, el Brasil, Honduras y Jamaica.
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Informe del Relator Especial, Philip Alston, sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias
el 1 enero 2007
2007
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Además de informar sobre las principales iniciativas tomadas en 2006 para abordar el flagelo de las ejecuciones extrajudiciales en el mundo, el informe se centra en cuatro cuestiones de particular importancia: a) el mandato del Relator Especial en los conflictos armados; b) los «homicidios por piedad» en los conflictos armados; c) los «más graves delitos» por los cuales puede imponerse la pena de muerte; y d) la condición jurídica internacional de la pena de muerte obligatoria.
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La pena capital y la aplicación de las salvaguardias para garantizar la protección de los derechos de los condenados a la pena de muerte: Informe del Secretario General
el 1 enero 2001
2001
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E l presente sexto informe quinquenal contiene un examen de las tendencias de la aplicación de la pena de muerte, incluida la aplicación de las salvaguardias, durante el período 1994 -2000. Se trata de una versión revisada y actualizada del informe del Secretario General sobre el tema (E /2 0 0 0 /3 ) que se presentó al Consejo en su período d e sesiones sustantivo de 2000, a la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal en su noveno período de sesiones y a la Comisión de Derechos Humanos en su 56º período de sesiones. Sesenta y tres países participaron en la encuesta conexa . Una vez más , la tasa de respuesta de los países retencionistas, en particular los que aplicaban más a menudo la pena capital, fue relativamente baja. Una conclusión importante que se puede sacar es que desde 1994 no se ha modificado el porcentaje de países que adoptan la abolición de la pena de muerte.
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La cuestión de la pena capital: Informe del Secretario General
el 1 enero 2006
2006
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El presente informe, con información sobre el período que va desde enero de 2006 a mayo de 2008, indica que continúa la tendencia a la abolición de la pena capital. Esto lo demuestra, entre otras cosas, el aumento del número de países que son totalmente abolicionistas y el aumento de las ratificaciones de los instrumentos internacionales que prevén la abolición de esta forma de castigo.
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La cuestión de la pena capital: Informe del Secretario General
el 1 enero 2006
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El presente informe contiene información que abarca los acontecimientos ocurridos durante 2006. El informe indica que prosigue la tendencia hacia la abolición de la pena de muerte, lo que se ilustra, entre otras cosas, con el aumento del número de países que han abolido la pena de muerte y del número de ratificaciones de instrumentos internacionales que prevén la abolición de esta forma de sanción.
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La cuestión de la pena capital: Informe del Secretario General
el 1 enero 2006
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El presente informe contiene información que abarca el período comprendido entre enero de 2004 y diciembre de 2005. El informe indica que prosigue la tendencia hacia la abolición de la pena de muerte, lo que se ilustra, entre otras cosas, con el aumento del número países totalmente abolicionistas y también del número de ratificaciones de instrumentos internacionales que prevén la abolición de esta sanción.
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La pena capital y la aplicación de las salvaguardias para garantizar la protección de los derechos de los condenados a la pena de muerte : Informe del Secretario General
el 8 septiembre 2020
2020
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El informe muestra una alentadora tendencia hacia la abolición y la limitación del uso de la pena capital en la mayoría de los países. Muestra también que queda mucho por hacer en relación con la aplicación de las salvaguardias para proteger los derechos de las personas condenadas a la pena de muerte en los países que todavía la aplican.
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Cuestión de la pena capital: Informe del Secretario General presentado de conformidad con la resolución 2003/67
el 1 enero 2004
2004
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El presente informe contiene información que abarca el período contenido entre enero de 2003 y diciembre de 2003. El informe indica que prosigue la tendencia hacia la abolición de la pena de muerte, lo que se ilustra, entre otras cosas, con el aumento del número de ratificaciones de instrumentos internacionales que prevén la abolición de esta sanción.
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Cuestión de la pena capital: Informe del Secretario General presentado de conformidad con la resolución 2002/77 de la Comisión
el 1 enero 2003
2003
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El presente informe contiene información que abarca el período comprendido entre enero de 2001 y diciembre de 2002, a fin de asegurarse de que no queden lagunas desde la última versión del sexto informe quinquenal, que contiene información hasta fines de 2000. El informe indica que prosigue la tendencia hacia la abolición de la pena de muerte, lo que se ilustra, entre otras cosas, por el aumento del número de ratificaciones de instrumentos internacionales que prevén la abolición de esta sanción.
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La cuestión de la pena capital : Informe del Secretario General
el 1 enero 2009
2009
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En el presente informe, que contiene información sobre el período que va de junio de 2008 a julio de 2009, se señala a la atención una serie de fenómenos, como la constante tendencia hacia la abolición, el inicio de debates nacionales sobre la pena de muerte, y las continuas dificultades para obtener información fiable sobre las ejecuciones.
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Moratoria del uso de la pena de muerte : Informe del Secretario General
el 1 enero 2008
2008
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En el presente informe se analiza el grado de observancia de los derechos de los condenados a muerte previstos en los tratados internacionales de derechos humanos y en las directrices establecidas por el Consejo Económico y Social en 1984. Sobre la base de las contribuciones de los Estados Miembros, el informe examina los distintos motivos para establecer una moratoria de la pena de muerte, abolir dicha pena o mantenerla. También contiene datos estadísticos actualizados sobre el uso en todo el mundo de la pena de muerte, incluidas las moratorias establecidas en los Estados que no han abolido ese tipo de pena, así como las novedades pertinentes en la materia que se han producido desde el sexagésimo segundo período de sesiones de la Asamblea General. El informe concluye confirmando la tendencia mundial hacia la abolición de la pena de muerte, el importante papel que desempeñan las moratorias en los Estados que pretenden abolirla y las posibilidades de continuar la labor sobre esta cuestión.
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La cuestión de la pena capital: Informe del Secretario General
el 1 enero 2006
2006
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El presente informe contiene información sobre la cuestión de la pena capital yabarca el período que va de junio de 2009 a julio de 2010. En él se señalan una serie defenómenos, como la continuación de la tendencia hacia la abolición y las dificultades quese siguen experimentando para obtener información fidedigna sobre las ejecuciones.
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Moratoria del uso de la pena de muerte : Informe del Secretario General
el 1 enero 2008
2008
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Este informe se presenta a la Asamblea General conforme a lo dispuesto en la resolución 63/168 de dicha Asamblea. El informe confirma la tendencia existente en todo el mundo hacia la abolición de la pena de muerte. También recomienda a los Estados Miembros que introduzcan una moratoria para dicha pena. Aquellos Estados que aún tengan la intención de aplicar la pena de muerte y no deseen establecer una moratoria solo deberían imponerla en el caso de los delitos más graves. Debería asegurarse que los derechos de los condenados a muerte se protegen conforme a las normas internacionales pertinentes. Asimismo, en este sentido, los Estados están obligados a no aplicar la pena de muerte en secreto y a no incurrir en discriminación al aplicarla.
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La pena capital y la aplicación de las salvaguardias para garantizar la protección de los derechos de los condenados a la pena de muerte : Informe del Secretario General
el 8 septiembre 2020
2020
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El presente informe, que se ha preparado de conformidad con las resoluciones del Consejo Económico y Social 1754 (LIV), de 16 de mayo de 1973, y 1995/57, de 28 de julio de 1995, y la decisión del Consejo 2005/247, de 22 de julio de 2005, es el octavo informe quinquenal del Secretario General sobre la pena capital. El informe confirma una tendencia muy marcada hacia la abolición y limitación del uso de la pena capital en la mayoría de los países. La tasa según la cual los Estados que mantenían la pena capital al comienzo del quinquenio han abolido su uso tanto en la ley como en la práctica es comparable a la de los anteriores períodos de presentación de informes, e incluso tal vez se haya acelerado ligeramente. Además, los países que mantienen la pena de muerte, con escasas excepciones, han reducido significativamente su uso desde el punto de vista del número de personas ejecutadas y de los delitos por los que se puede imponer. No obstante, donde la pena capital se mantiene en vigor existen graves problemas respecto de las normas y disposiciones internacionales, sobre todo en la limitación de la pena capital a los delitos más graves, la exclusión de los menores delincuentes de su ámbito de aplicación y las garantías de un juicio imparcial.
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NI UN VASO DE AGUA
el 1 enero 2016
2016
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Investigación histórica en prensa sobre las ejecuciones, los ejecutados & las resistencias contra la pena de muerte en Investigación histórica en prensa sobre las ejecuciones, los ejecutados & las resistencias contra la pena de muerte en Puerto Rico, 1900-1909. Durante la primera década de siglo XX, 14 hombre fueron ejecutados en Puerto Rico. Se ejecutaban los sentenciados con los métodos del Garrote y la Horca. Se realizaron todas las ejecuciones. No obstante, hubo resistencias. La investigación contesta preguntas como ¿Quiénes fueron ejecutados? ¿Cuáles eran los trasfondos de los ejecutados? ¿A qué se dedicaban? ¿De dónde provenían? ¿Quiénes ejercieron como verdugo? ¿Ser verdugo era una profesión? ¿Cómo conseguían los verdugos? ¿Hubo resistencia y oposición en los procesos de ejecuciones? ¿Quiénes se opusieron y resistieron? ¿Cómo se manifestó y se proyectó dicha resistencia y oposición contra la pena de muerte en Puerto Rico?
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Los testimonios al servicio de la abolicion de la pena de muerte
el 1 enero 2017
2017
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La silla electrica (Pena de muerte)
el 1 enero 2009
2009
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La silla eléctrica fue una máquina utilizada para la aplicación de la pena capital. Se utilizó principalmente en Estados Unidos desde el 6 de agosto de 1890 cuando se realizó la primera ejecución con este método. Con la prohibición de su uso en el Estado de Nebraska el 8 de febrero de 2008, ha dejado de ser el método primario de ejecución en ese país si bien algunos estados prevén su utilización como opción sujeta a la elección del reo. El prisionero condenado era atado a la silla, con un electrodo en la cabeza y otro en la pierna. Como mínimo se aplicaban dos choques eléctricos durante varios minutos dependiendo de la persona. El voltaje inicial de más o menos 2 kv servía para romper la resistencia inicial de la piel y causar inconsciencia (o, al menos, eso se pretendía). El voltaje se bajaba para reducir la cantidad de corriente que fluía y para evitar que el prisionero se quemase. Se usaba un flujo de corriente de 8 A. El cuerpo del condenado alcanzaba temperaturas de 59 °C y el flujo de la corriente eléctrica causaba daños severos a los órganos internos. En todo caso, aún cuando la ejecución se lleva a cabo correctamente, siempre se quema algo de piel y es desagradable para los guardias el tener que separar la piel quemada de los cinturones de la silla. El reo pierde el control de sus músculos después del primer choque eléctrico y puede llegar a defecar u orinar. Esto llevó a un refinamiento en las sillas más modernas. el protocolo de electrocución de Nebraska estipulaba que se debía someter al condenado a una descarga de 2.450 V durante 15 s; tras esto y una espera de 15 min, un médico verificaba si aún había señales de vida. Previamente, se administraba una descarga inicial de 2.450 V durante 8 s, seguida de una pausa de 1 s luego del cual se administraba una descarga de 480 V durante 22 s. Después de una pausa de veinte segundos, el ciclo se repetía tres veces más.Nebraska mantenía hasta el 8 febrero de 2008 la electrocución como su único método de ejecución. Atención! El siguiente vídeo puede herir su sensibilidad debido a su alto contenido en imágenes violentas
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The resurrection club
el 1 enero 2017
2017
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The film follows four death row exonerees in their effort to continue normally with their lives. They callthemselves The Resurrection Club. It follows them with their families where they are trying to recover from thetrauma, and execution. It follows them in their struggle to find other exonerees to join the club and on their tourto speak out against the death penalty. An extraordinary story about trauma and resurrection. An epic moviewith extraordinary characters. An empowering story. A celebration of life.
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La abolicion de la pena de meurte en los estados
el 1 enero 2013
2013
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En él se estudian los procesos de abolicion de la pena de meurte a través de las experiencias vividas en 13 estados. Sobre la case de lo aprendido en estas experiencias, el objetivo del presente documento es guiar a los estados en el proceso de abolicion de la pena meurte.
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Death Penalty – Mistake (Leonel Herrera)
el 8 septiembre 2020
2020
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Este video explora la historia de Leonel Herrera, quien fue condenado a muerte por el asesinato de un policía. Una declaración de su sobrino, que llegó muchos años después, arroja la luz sobre la inocencia Leonels.
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Camara de gas (Pena de muerte)
el 1 enero 2009
2009
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Las cámaras de gas se usaban como «pena capital» en EE.UU, en el pasado, para ejecutar a condenados, especialmente convictos de asesinato.Cinco Estados (Wyoming, California, Maryland, Missouri, Arizona) mantienen técnicamente este método, pero todos alientan la inyección letal como alternativa.Fue uno de los métodos de exterminio nazi de uso más común en las matanzas masivas. Englobado en la llamada solución final, se desarrolló en los campos de concentración durante la segunda guerra mundial. También ha sido un método de ejecución de criminales en algunos países. Las cámaras de gas, eran recintos subterráneos o barracones generalmente disfrazados o simulados como duchas colectivas. Estaban completamente aisladas y contaban con un sistema que introducía monóxido de carbono, pero luego se usó el Zyklon B. La capacidad variaba en estas instalaciones, pero cabían de 1.000 a 2.500 reclusos.Desde el exterior -del techo, específicamente- se introducía Zyklon B, un cianurido que debido al contacto con la intensa humedad que emanaban los internos hacinados, liberaba grandes cantidades de ácido cianhídrico (HCN).El procedimiento podía eliminar en un día de 5.000 a 10.000 reclusos, incluidos ancianos, mujeres y niños. La frecuencia de uso dependía del abasto que diera el crematorio o serie de hornos de tipo fundición aledaños.La muerte total de la multitud expuesta sobrevenía después de 25 minutos. Como el gas actúa inhibiendo el ciclo respiratorio, las víctimas perecían por asfixia, mientras sufrían espasmos y convulsiones. Atención! El siguiente vídeo puede herir su sensibilidad debido a su alto contenido en imágenes violentas
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De Los Delitos Y De Las Penas
el 1 enero 1764
1764
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Beccaria en De los Delitos y de las Penas (que fue prohibida por la Inquisición y tuvo que circular clandestinamente) aboga para que el Derecho Penal tenga como fundamento una justicia humanamente defensiva del hombre con miras a una rehabilitación del individuo que cometió un delito.
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La horca (Pena de muerte)
el 1 enero 2009
2009
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La horca, (del latín forca, horca del labrador) se denomina al conjunto de tres palos o vigas, dos hincados en la tierra y el tercero encima trabando los dos, en el que morían colgados por el cuello (ahorcamiento), los condenados a esa pena y en ocasiones los ajusticiados por la turbamulta sin haber sido condenados. Por extensión se denomina también horca al método de ejecución, homicidio o suicidio consistente en colgar a una persona tras rodearle el cuello con un lazo. También se denomina horca al palo que atravesado con otro servía para sujetar por el cuello al condenado y pasearlo, para escarmiento, por las calles. La horca puede provocar la rotura del cuello. La horca con plataforma pone inconsciente a la persona, a la que deja sin respiración, produciendo una muerte rápida. Pero el mecanismo principal causante de la muerte de la persona es la isquemia que se produce a nivel de la corteza cerebral. La cuerda, situada alrededor del cuello, ejerce una presión que colapsa los vasos del cuello, tanto las venas yugulares como las arterias carótidas. De hecho se han descrito casos de ahorcados traqueostomizados.Cadalso con horcaLa horca sigue utilizándose como método de ejecución legal en algunos países de Asia, como Irán, Singapur o Japón. En Estados Unidos hay estados que contemplan la posibilidad de la ejecución por horca, pero generalmente se utiliza la silla eléctrica o la inyección letal. Atención! El siguiente vídeo puede herir su sensibilidad debido a su alto contenido en imágenes violentas
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Inyeccion letal (Pena de muerte)
el 1 enero 2007
2007
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La inyección letal es un método de ejecución que consiste en inyectar por vía intravenosa y de manera continua una cantidad letal de un barbitúrico de acción rápida en combinación con un producto químico paralizante. El procedimiento es similar al utilizado en un hospital para administrar una anestesia general, pero los productos son inyectados en cantidades letales. En Texas, uno de los 19 estados de Estados Unidos en los que la ejecución se realiza por inyección letal, se usan tres sustancias conjuntamente: tiopental sódico, bromuro de pancuronio y cloruro de potasio.El tiopental sódico es un barbitúrico de acción muy rápida que hace perder el conocimiento al preso, la segunda es un bloqueador de placa mioneural no despolarizante, que paraliza el diafragma, impidiendo así la respiración, y el cloruro de potasio despolariza el músculo cardíaco provocando un paro cardíaco.Actualmente se debate en Estados Unidos, en los estados donde está establecido este sistema de inyección de las tres sustancias como sistema de ejecución, si realmente produce una muerte indolora o existe sufrimiento por parte del condenado. Atención! El siguiente vídeo puede herir su sensibilidad debido a su alto contenido en imágenes violentas
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Documental: «Latinos en el Corredor de la Muerte»
el 8 septiembre 2020
2020
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Video – El documental presenta la historia de Juan Balderas, condenado a pena de muerte, y la lucha de su mujer por demostrar su inocencia. Un asesinato, un culpable y una mujer dispuesta a todo para salvar la vida de su marido. El tiempo se acaba y si el recurso de apelación no prospera, será ejecutado con la inyección letal.
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Asamblea General de las Naciones Unidas – Resoluciones del 77º Período de Sesiones
el 15 diciembre 2022
2022
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Este informe de la Asamblea General de las Naciones Unidas presenta las resoluciones del 77º periodo de sesiones. Incluye informes sobre la moratoria del uso de la pena de muerte (A/77/463/Add.2 DR XII) que fue adoptada el 15 de diciembre de 2022 con una votación (125-37-22) (A/77/PV.54) bajo el punto 68(b). Guiada por los propósitos y principios contenidos en la Carta de las Naciones Unidas, reafirma la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención sobre los Derechos del Niño y recuerda el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte.
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A/HRC/RES/54/35 Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 7 febrero 2024
2024
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Informe 2012 – Moratoria del uso de la pena de muerte
el 8 septiembre 2020
2020
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Este informe se presenta a la Asamblea General conforme a lo dispuesto en su resolución 65/206. En él se examina la tendencia hacia la abolición de la pena de muerte y el establecimiento de una moratoria de las ejecuciones, así como la aplicación de las normas internacionales relativas a la protección de los derechos de los condenados a la pena de muerte. Se analiza asimismo la importancia de publicar información pertinente sobre el uso de la pena de muerte, que puede contribuir a debates nacionales transparentes, y las iniciativas nternacionales y regionales para promover la abolición universal de la pena de muerte.
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Resolución 65/206 – Moratoria del uso de la pena de muerte
el 8 septiembre 2020
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Resolución aprobada por la Asamblea General [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/65/456/Add.2 (Part II))] 65/206. Moratoria del uso de la pena de muerte
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Poster Spanish – 2022 Día Mundial contra la Pena de Muerte
el 7 julio 2022
2022
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Poster ES – 2022 Día Mundial contra la Pena de Muerte
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La pena capital y la aplicación de las salvaguardias para garantizar la protección de los derechos de las personas condenadas a la pena de muerte
el 26 mayo 2021
2021
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En su resolución 1745 (LIV), de 16 de mayo de 1973, el Consejo Económico y Social invitó al Secretario General a que le presentara informes periódicos
actualizados y analíticos sobre la pena capital a intervalos quinquenales a partir de 1975. En su resolución 1995/57, de 28 de julio de 1995, el Consejo recomendó que los informes quinquenales del Secretario General siguieran abarcando también la aplicación de las salvaguardias para garantizar la protección de los derechos de las personas condenadas a la pena de muerte. En esa misma resolución, el Consejo pidió al Secretario General que, al preparar el informe quinquenal, utilizara todos los datos disponibles, incluidas las investigaciones criminológicas más recientes. El presente informe, que es el décimo informe quinquenal, contiene un examen del uso de la pena capital y las tendencias al respecto, incluida la aplicación de las salvaguardias,
durante el período 2014-2018.
De conformidad con las resoluciones del Consejo Económico y Social 1745 (LIV) y 1990/51, de 24 de julio de 1990, y con la decisión 2005/247 del Consejo, de 22 de julio de 2005, este informe se presenta al Consejo en su período de sesiones sustantivo de 2020, y se presentará también a la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal en su 29º período de sesiones y al Consejo de Derechos Humanos en su 44º período ordinario de sesiones.
En el informe sobre el quinquenio 2014-2018 se confirma la tendencia, documentada en informes anteriores, a la abolición y limitación del uso de la pena capital en la mayoría de los países. El número de Estados que han abolido la pena de muerte en la legislación y en la práctica siguió aumentando. Esto se refleja en el mayor número de Estados que asumen la obligación dimanante de los tratados de no aplicar la pena de muerte. En el quinquenio también se registraron alguno s años en que aumentó significativamente la cantidad de ejecuciones, que llevaron a cabo un número pequeño de Estados. La situación se estabilizó al final del período abarcado por la encuesta, y el número de ejecuciones registradas en el último año, 2018, fue el
menor en muchos años.
Las salvaguardias para garantizar la protección de los derechos de las personas condenadas a la pena de muerte se aplican a los Estados que mantienen la pena capital. No obstante, preocupa que se siguiera imponiendo la pena de muerte a personas que eran menores de 18 años en el momento de cometer el delito, y que se impusieran sentencias de muerte en casos en que no se cumplía la norma de los “delitos más graves”, y en casos en que los juicios correspondientes no se ajustaron a las normas internacionales.
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CONDENAS A MUERTE Y EJECUCIONES 2020
el 26 mayo 2021
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Este informe trata sobre la aplicación judicial de la pena de muerte durante el periodo comprendido entre enero y diciembre de 2020.
Como en años anteriores, se ha recabado información de diversas fuentes, entre ellas, las cifras oficiales disponibles, las sentencias dictadas, información de personas condenadas a muerte y sus familias y representantes, informaciones de los medios de comunicación y, en relación con algunos países, informes de otras organizaciones de la sociedad civil.
Amnistía Internacional informa exclusivamente sobre ejecuciones, condenas a muerte y otros aspectos del uso de la pena capital, como conmutaciones y exoneraciones, cuando hay una confirmación razonable.
En muchos países, los gobiernos no publican información sobre el uso que hacen de la pena de muerte. En China y Vietnam, la información sobre el uso de la pena capital está clasificada como secreto de Estado. En 2020, la información disponible sobre algunos países —concretamente Laos y Corea del Norte (República Popular Democrática de Corea)— fue escasa o nula debido a prácticas restrictivas del Estado.
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