La responsabilidad internacional de los Estados

Normas internacionales

Publicado por Pierre Désert, el 25 junio 2008

Con respecto a responsabilidad de los Estados, hay que distinguir dos casos: el caso del derecho internacional general, que se aplica a todos los acuerdos y la legislación de los derechos humanos, la cual, debido a su naturaleza requiere un trato diferente.

La responsabilidad de los Estados en el derecho internacional general

En el derecho internacional general, los Estados son los únicos sujetos de los tratados. La responsabilidad internacional sólo puede ser invocada por un Estado (o un grupo de Estados) contra otro Estado (o un grupo de Estados), por lo tanto, los individuos no desempeñan ningún papel en este sentido. El poner en juego la responsabilidad de un Estado supone la existencia de un acto que puede serle atribuido, y que constituye una violación de una obligación internacional del Estado.

La atribución de la acto al Estado

En principio, el comportamiento de todos los seres humanos, de las empresas, o de las comunidades relacionadas con el Estado por medio de la nacionalidad, lugar de residencia o lugar de constitución puede ser atribuido al Estado, así estos comportamientos no estén relacionados con el gobierno. Sin embargo, este principio no se aplica en el derecho internacional, tanto para limitar la responsabilidad de la conducta que compromete al Estado como una entidad, como  para tener en cuenta la autonomía de las personas que actúan en nombre propio y no bajo la instigación de una entidad pública. Por lo tanto, la regla general es que el único comportamiento que se puede atribuir al Estado en el ámbito internacional es el de sus órganos de gobierno u otras entidades que hayan actuado bajo su dirección, su instigación o el control de estos organismos, es decir, de los funcionarios del Estado.
Por ejemplo, son considerados como funcionarios los representantes del gobierno estatal (jefes de Estado, ministros, diplomáticos), las administraciones locales, los miembros de los Parlamentos nacionales, los miembros de las fuerzas armadas y la policía, o cualquier otra persona investida de autoridad pública, así sea de manera temporal, cuando actúan en el marco de sus funciones oficiales. Aparte de lo mencionado, sólo la responsabilidad personal del individuo puede verse comprometida.

La violación de una obligación internacional del Estado

La violación de una obligación internacional significa que el Estado ha ignorado una norma consuetudinaria o un compromiso que adquirió al hacerse parte en un tratado. Esta violación puede tomar muchas formas: puede ser un acto positivo (por ejemplo, el uso de la fuerza fuera de los casos enumerados en la Carta de las Naciones Unidas, a saber, la defensa propia y en caso de amenaza contra la paz, cese de la paz o acto de agresión, ocupación ilegal de territorio extranjero, etc.) o de una abstención (por ejemplo, un Estado debe garantizar que, dentro de su territorio, ningún grupo prepare o lleve a cabo acciones hostiles en contra de otro Estado, y si no lo hace, su responsabilidad puede verse comprometida).

Términos para que la responsabilidad de los Estados sea puesta en juego

El Estado víctima debe notificar su demanda al Estado autor de la violación. El diferendo debe ser resuelto por medios pacíficos (el uso de la fuerza está regulado por la Carta de las Naciones Unidas), y existen varias posibilidades: la vía diplomática, que debe ser la primera opción, y si esta no funciona, los Estados pueden utilizar la acción legal (o jurídica), con lo que su diferendo es llevado ante una Comisión de arbitraje o ante un tribunal internacional (como la Corte Internacional de Justicia, órgano judicial de la ONU, exclusivamente competente  en los diferendos entre Estados). Es ahí donde se determinarán los términos y el monto de las reparaciones.

Consecuencias cuando la responsabilidad del Estado se ve comprometida

El compromiso de la responsabilidad internacional da lugar a dos obligaciones principales para el Estado culpable de violación de sus obligaciones.
Por un lado, se requiere al Estado que detenga el acto ilegal si este ultimo continua (por ejemplo, la ocupación ilegal de un territorio extranjero), y debe garantizarle por todos los medios al Estado víctima y a la Comunidad internacional que la violación no se repetirá.
Por otro lado, se debe restablecer la situación tal como estaba antes de este acto ilegal. Si esto no es posible (un número significativo de muertos, destrucción de monumentos históricos…), el Estado autor deberá pagar una indemnización por daños y perjuicios al Estado víctima.
La responsabilidad internacional es estrictamente interestatal, y sigue un procedimiento específico.

El derecho internacional de los Derechos Humanos

El derecho internacional de los Derechos Humanos es una rama especial del derecho internacional, donde los sujetos de esta rama no son los individuos sino los Estados. En este sentido, los tratados sobre Derechos Humanos tienen un efecto directo, es decir que los individuos pueden invocar directamente esos textos ante los tribunales nacionales. El órgano jurisdiccional remitente será el juez primero de los tratados.

La creación de órganos de control para los tratados de Derechos Humanos de la ONU

Todos los grandes convenios universales de Derechos Humanos adoptados por las Naciones Unidas, a saber, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (CEDR, 1965), los Pactos Internacionales de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP , 1966) y de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC, 1966), la Convención sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDCM, 1979), la Convención contra la Tortura (CAT, 1984), Convención sobre los Derechos del Niño (CRC, 1989) y la Convención sobre los Derechos de los Trabajadores Migrantes (CDTM 1990), han creado un órgano (generalmente llamado "Comité") integrado por expertos independientes, que se encarga de vigilar el cumplimiento y la aplicación del tratado, a través de informes periódicos presentados por los Estados partes. Sin embargo, estas obligaciones son a menudo incumplidas.
En algunos casos, y particularmente en el caso de los dos Pactos de 1966, el Comité puede tener una competencia llamada "para legal": los individuos pueden presentar una queja contra un Estado por la violación de  uno de los derechos protegidos. Sin embargo, es necesario que la solicitud cumpla con ciertas condiciones de admisibilidad y, sobre todo, que  el Estado acepté la competencia del órgano de control. Esto no siempre es evidente, ya que algunos Estados consideran que aceptar la jurisdicción de un organismo internacional constituye una violación de su soberanía: los Estados se niegan a permitir que un organismo internacional controle su comportamiento.

El procedimiento ante los órganos de control

El individuo que se considera como víctima de la violación de un tratado puede presentar una queja ante la comisión competente después de que su recurso ante los tribunales de su Estado (por ejemplo, si demanda por  una violación del derecho a la libertad de expresión, protegido por el artículo 19 del PIDCP, puede presentar una queja ante el Comité de Derechos Humanos, un organismo creado por el Pacto).
Si el Comité considera admisible la demanda y que hubo una violación del derecho, entonces hará recomendaciones al Estado sobre la forma de reparar el daño sufrido por el demandante y el Estado tiene tres meses para comunicar las medidas adoptadas para remediar la violación. Si la petición es inadmisible, o si la Comisión no concluye que hubo incumplimiento del tratado, se finaliza el procedimiento.
Las recomendaciones no son realmente una condena, las Comisiones no puede imponer sanciones a los Estados, ya que se considera que la imposición de las sanciones constituye un ataque a su soberanía.

El caso particular de los sistemas regionales

A nivel regional, el procedimiento es diferente. El ejemplo más llamativo es el sistema de la Convención Europea de Derechos Humanos (CEDH): la Convención ha establecido un tribunal, que tiene una verdadera jurisdicción a nivel europeo. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos puede recibir denuncias por parte de individuos que se consideran víctimas de una violación de sus derechos por un Estado parte, y su competencia es obligatoria: cuando un Estado ratifica el CEDH, queda automáticamente sujeto a control por el Tribunal. Si el Tribunal declara que efectivamente existe una violación de la Convención, podrá condenar al Estado autor de la violación a la reparación por todos los medios, por medio de una modificación en la ley, y si es necesario por una compensación monetaria.
La ejecución de las sentencias es controlada por el Comité de Ministros del Consejo de Europa, que es el órgano ejecutivo de la organización, y está compuesto por los ministros de Relaciones Exteriores de los Estados miembros.