Informe de las Naciones Unidas

CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS «PACTO DE SAN JOSE DE COSTARICA»

Publicado por Organization of American States, el 8 septiembre 1969



Artículo 4. Derecho a la Vida 1. Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente.




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