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2486 Documento(s) 1084 Miembros 834 Artículo(s) 12 Página(s)

Miembros

Confédération générale du travail (CGT)

el 30 abril 2020

2020

Francia

Miembros

Ville de Dijon

el 30 abril 2020

Francia

Miembros

Mouvement contre le Racisme et pour l’Amitié entre les Peuples (MRAP)

el 30 abril 2020

Francia

Miembros

Lutte pour la Justice

el 30 abril 2020

Francia

Miembros

Forum Marocain pour la Vérité et la Justice

el 30 abril 2020

Marruecos

Miembros

Children Education Society (CHESO)

el 30 abril 2020

República Unida de Tanzanía

Miembros

Civil Rights and Social Justice Society (CRSJS)

el 30 abril 2020

India

Miembros

Mouvance des Abolitionnistes du Congo Brazzaville

el 30 abril 2020

Congo

Miembros

Society for Human Rights and Development Organisation (SHRDO)

el 30 abril 2020

Sierra Leona

Miembros

Coalition nigérienne contre la peine de mort

el 30 abril 2020

Níger

Miembros

Réseau Marocain Euromed des ONG

el 30 abril 2020

Marruecos

Miembros

Kenya Human Rights Commission

el 30 abril 2020

Kenya

Documento(s)

Documental: «Latinos en el Corredor de la Muerte»

Publicado por Discovery en Español / Carlos Cediel / Michela Giorelli / Rafael Rodriguez, el 8 septiembre 2020


2020

Informe académico

Estados Unidos


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Video – El documental presenta la historia de Juan Balderas, condenado a pena de muerte, y la lucha de su mujer por demostrar su inocencia. Un asesinato, un culpable y una mujer dispuesta a todo para salvar la vida de su marido. El tiempo se acaba y si el recurso de apelación no prospera, será ejecutado con la inyección letal.

  • Tipo de documento Informe académico
  • Lista de países Estados Unidos
  • Lista de temasLa inyección letal, Pena de muerte,

Documento(s)

The resurrection club

Publicado por Guillermo Abril and Alvaro Corcuera, el 1 enero 2017


2017

Contenido multimedia

Estados Unidos


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The film follows four death row exonerees in their effort to continue normally with their lives. They callthemselves The Resurrection Club. It follows them with their families where they are trying to recover from thetrauma, and execution. It follows them in their struggle to find other exonerees to join the club and on their tourto speak out against the death penalty. An extraordinary story about trauma and resurrection. An epic moviewith extraordinary characters. An empowering story. A celebration of life.

  • Tipo de documento Contenido multimedia
  • Lista de países Estados Unidos
  • Lista de temasDerecho a la vida, Condiciones del corredor de la muerte, Fenómeno del corredor de la muerte, Representación Legal, Pena de muerte,

Documento(s)

La abolicion de la pena de meurte en los estados

Publicado por International Commission Against the Death Penalty, el 1 enero 2013


2013

Informe de ONG

enrufr
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En él se estudian los procesos de abolicion de la pena de meurte a través de las experiencias vividas en 13 estados. Sobre la case de lo aprendido en estas experiencias, el objetivo del presente documento es guiar a los estados en el proceso de abolicion de la pena meurte.

Documento(s)

Death Penalty – Mistake (Leonel Herrera)

Publicado por Amnistía Internacional / YouTube, el 8 septiembre 2020


2020

Informe académico

Estados Unidos

en
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Este video explora la historia de Leonel Herrera, quien fue condenado a muerte por el asesinato de un policía. Una declaración de su sobrino, que llegó muchos años después, arroja la luz sobre la inocencia Leonels.

Documento(s)

Camara de gas (Pena de muerte)

Publicado por Horizon / Daily Motion, el 1 enero 2009


2009

Informe académico

Estados Unidos


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Las cámaras de gas se usaban como «pena capital» en EE.UU, en el pasado, para ejecutar a condenados, especialmente convictos de asesinato.Cinco Estados (Wyoming, California, Maryland, Missouri, Arizona) mantienen técnicamente este método, pero todos alientan la inyección letal como alternativa.Fue uno de los métodos de exterminio nazi de uso más común en las matanzas masivas. Englobado en la llamada solución final, se desarrolló en los campos de concentración durante la segunda guerra mundial. También ha sido un método de ejecución de criminales en algunos países. Las cámaras de gas, eran recintos subterráneos o barracones generalmente disfrazados o simulados como duchas colectivas. Estaban completamente aisladas y contaban con un sistema que introducía monóxido de carbono, pero luego se usó el Zyklon B. La capacidad variaba en estas instalaciones, pero cabían de 1.000 a 2.500 reclusos.Desde el exterior -del techo, específicamente- se introducía Zyklon B, un cianurido que debido al contacto con la intensa humedad que emanaban los internos hacinados, liberaba grandes cantidades de ácido cianhídrico (HCN).El procedimiento podía eliminar en un día de 5.000 a 10.000 reclusos, incluidos ancianos, mujeres y niños. La frecuencia de uso dependía del abasto que diera el crematorio o serie de hornos de tipo fundición aledaños.La muerte total de la multitud expuesta sobrevenía después de 25 minutos. Como el gas actúa inhibiendo el ciclo respiratorio, las víctimas perecían por asfixia, mientras sufrían espasmos y convulsiones. Atención! El siguiente vídeo puede herir su sensibilidad debido a su alto contenido en imágenes violentas

  • Tipo de documento Informe académico
  • Lista de países Estados Unidos
  • Lista de temasCámara de gas,

Documento(s)

La silla electrica (Pena de muerte)

Publicado por Horizon / Daily Motion, el 1 enero 2009


Informe académico

Estados Unidos


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La silla eléctrica fue una máquina utilizada para la aplicación de la pena capital. Se utilizó principalmente en Estados Unidos desde el 6 de agosto de 1890 cuando se realizó la primera ejecución con este método. Con la prohibición de su uso en el Estado de Nebraska el 8 de febrero de 2008, ha dejado de ser el método primario de ejecución en ese país si bien algunos estados prevén su utilización como opción sujeta a la elección del reo. El prisionero condenado era atado a la silla, con un electrodo en la cabeza y otro en la pierna. Como mínimo se aplicaban dos choques eléctricos durante varios minutos dependiendo de la persona. El voltaje inicial de más o menos 2 kv servía para romper la resistencia inicial de la piel y causar inconsciencia (o, al menos, eso se pretendía). El voltaje se bajaba para reducir la cantidad de corriente que fluía y para evitar que el prisionero se quemase. Se usaba un flujo de corriente de 8 A. El cuerpo del condenado alcanzaba temperaturas de 59 °C y el flujo de la corriente eléctrica causaba daños severos a los órganos internos. En todo caso, aún cuando la ejecución se lleva a cabo correctamente, siempre se quema algo de piel y es desagradable para los guardias el tener que separar la piel quemada de los cinturones de la silla. El reo pierde el control de sus músculos después del primer choque eléctrico y puede llegar a defecar u orinar. Esto llevó a un refinamiento en las sillas más modernas. el protocolo de electrocución de Nebraska estipulaba que se debía someter al condenado a una descarga de 2.450 V durante 15 s; tras esto y una espera de 15 min, un médico verificaba si aún había señales de vida. Previamente, se administraba una descarga inicial de 2.450 V durante 8 s, seguida de una pausa de 1 s luego del cual se administraba una descarga de 480 V durante 22 s. Después de una pausa de veinte segundos, el ciclo se repetía tres veces más.Nebraska mantenía hasta el 8 febrero de 2008 la electrocución como su único método de ejecución. Atención! El siguiente vídeo puede herir su sensibilidad debido a su alto contenido en imágenes violentas

  • Tipo de documento Informe académico
  • Lista de países Estados Unidos
  • Lista de temasElectrocución,

Documento(s)

La horca (Pena de muerte)

Publicado por Horizon / Daily Motion, el 1 enero 2009


Informe académico

Estados Unidos


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La horca, (del latín forca, horca del labrador) se denomina al conjunto de tres palos o vigas, dos hincados en la tierra y el tercero encima trabando los dos, en el que morían colgados por el cuello (ahorcamiento), los condenados a esa pena y en ocasiones los ajusticiados por la turbamulta sin haber sido condenados. Por extensión se denomina también horca al método de ejecución, homicidio o suicidio consistente en colgar a una persona tras rodearle el cuello con un lazo. También se denomina horca al palo que atravesado con otro servía para sujetar por el cuello al condenado y pasearlo, para escarmiento, por las calles. La horca puede provocar la rotura del cuello. La horca con plataforma pone inconsciente a la persona, a la que deja sin respiración, produciendo una muerte rápida. Pero el mecanismo principal causante de la muerte de la persona es la isquemia que se produce a nivel de la corteza cerebral. La cuerda, situada alrededor del cuello, ejerce una presión que colapsa los vasos del cuello, tanto las venas yugulares como las arterias carótidas. De hecho se han descrito casos de ahorcados traqueostomizados.Cadalso con horcaLa horca sigue utilizándose como método de ejecución legal en algunos países de Asia, como Irán, Singapur o Japón. En Estados Unidos hay estados que contemplan la posibilidad de la ejecución por horca, pero generalmente se utiliza la silla eléctrica o la inyección letal. Atención! El siguiente vídeo puede herir su sensibilidad debido a su alto contenido en imágenes violentas

  • Tipo de documento Informe académico
  • Lista de países Estados Unidos
  • Lista de temasHorca,

Documento(s)

Inyeccion letal (Pena de muerte)

Publicado por Horizon / Daily Motion, el 1 enero 2007


2007

Informe académico

Estados Unidos


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La inyección letal es un método de ejecución que consiste en inyectar por vía intravenosa y de manera continua una cantidad letal de un barbitúrico de acción rápida en combinación con un producto químico paralizante. El procedimiento es similar al utilizado en un hospital para administrar una anestesia general, pero los productos son inyectados en cantidades letales. En Texas, uno de los 19 estados de Estados Unidos en los que la ejecución se realiza por inyección letal, se usan tres sustancias conjuntamente: tiopental sódico, bromuro de pancuronio y cloruro de potasio.El tiopental sódico es un barbitúrico de acción muy rápida que hace perder el conocimiento al preso, la segunda es un bloqueador de placa mioneural no despolarizante, que paraliza el diafragma, impidiendo así la respiración, y el cloruro de potasio despolariza el músculo cardíaco provocando un paro cardíaco.Actualmente se debate en Estados Unidos, en los estados donde está establecido este sistema de inyección de las tres sustancias como sistema de ejecución, si realmente produce una muerte indolora o existe sufrimiento por parte del condenado. Atención! El siguiente vídeo puede herir su sensibilidad debido a su alto contenido en imágenes violentas

  • Tipo de documento Informe académico
  • Lista de países Estados Unidos
  • Lista de temasLa inyección letal,

Documento(s)

De Los Delitos Y De Las Penas

Publicado por Cesare Beccaria-Bonesana, el 1 enero 1764


1764

Libro

enenenfrzh-hant
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Beccaria en De los Delitos y de las Penas (que fue prohibida por la Inquisición y tuvo que circular clandestinamente) aboga para que el Derecho Penal tenga como fundamento una justicia humanamente defensiva del hombre con miras a una rehabilitación del individuo que cometió un delito.

Miembros

Marvi Rural Development Organization

el 15 septiembre 2020

2020

Pakistán

Documento(s)

LA PENA DE MUERTE EN EL MUNDO: NOTICIAS DEL AÑO 2005

Publicado por Amnistía Internacional, el 1 enero 2006


2006

Informe de ONG

enfr
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Durante el año 2005 el mundo siguió avanzando hacia la abolición universal de la pena de muerte. A final de año, 86 países habían abolido la pena capital para todos los delitos (véase la Tabla 1). Otros 11 países la abolieron para todos los delitos salvo algunas excepciones, como los cometidos en tiempo de guerra.

Documento(s)

Nota verbal de fecha 13 de septiembre de 2019 dirigida al Secretario Generalpor el Representante Permanente de Egipto ante las Naciones Unidas

Publicado por Organización de las Nacionas Unidas, el 15 octubre 2020


2020

Informe de las Naciones Unidas

Arabia Saudita

Bahrein

Bangladesh

Botswana

Brunei Darussalam

Chad

China

Egipto

Emiratos Árabes Unidos

Etiopía

Granada

Irán (República Islámica del)

Iraq

Jamaica

Kuwait

Libia

Moratoria

Nigeria

Omán

Pakistán

Papua Nueva Guinea

Qatar

República Árabe Siria

República Popular Democrática de Corea

Saint Kitts y Nevis

San Vicente y las Granadinas

Santa Lucía

Singapur

Sudán

Yemen

Zimbabwe

arenfrruzh-hant
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Las Misiones Permanentes ante las Naciones Unidas en Nueva York que se enumeran a continuación tienen el honor de referirse a la resolución 73/175de la Asamblea General, titulada “Moratoria del uso de la pena de muerte”, aprobada por la Asamblea el 17 de diciembre de 2018 en votación registrada. Las referidas Misiones Permanentes desean dejar constancia de que persisten en su objeción a cualquier intento de imponer una moratoria del uso de la pena de muerte o decretar su abolición, en contravención de las normas vigentes de derecho internacional, por los siguientes motivos:

Documento(s)

Resolución 75/183 – Moratoria del uso de la pena de muerte

Publicado por Asemblea General de las Naciones Unidas, el 12 enero 2021


2021

Derecho internacional - Naciones Unidas

Moratoria

arenfrruzh-hant
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Resolución aprobada por la Asamblea General el 16de diciembre de 2020[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/75/478/Add.2, párr. 89)]

Documento(s)

Nota verbal de fecha 11 de enero de 2008 dirigida al Secretario General por las Misiones Permanentes ante las Naciones Unidas del Afganistán, Antigua y Barbuda, […] y Zimbabwe ante las Naciones Unidas

Publicado por Naciones Unidas, el 20 enero 2021


2021

Informe de las Naciones Unidas

Afganistán

Antigua y Barbuda

Arabia Saudita

Bahamas

Bahrein

Bangladesh

Barbados

Botswana

Brunei Darussalam

China

Comoras

Dominica

Egipto

Emiratos Árabes Unidos

Eritrea

Eswatini

Etiopía

Fiyi

Granada

Guinea

Guinea Ecuatorial

Guyana

Indonesia

Irán (República Islámica del)

Iraq

Islas Salomón

Jamaica

Japón

Jordania

Kuwait

Malasia

Maldivas

Mauritania

Mongolia

Moratoria

Myanmar

Nigeria

Omán

Pakistán

Papua Nueva Guinea

Qatar

República Árabe Siria

República Centroafricana

República Democrática Popular Lao

República Popular Democrática de Corea

Saint Kitts y Nevis

San Vicente y las Granadinas

Santa Lucía

Singapur

Somalia

Sudán

Surinam

Tailandia

Tonga

Trinidad y Tobago

Uganda

Yemen

Zimbabwe

arenfrruzh-hant
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Las Misiones Permanentes acreditadas por los países que se enumeran más abajo ante las Naciones Unidas en Nueva York saludan atentamente al Secretario General de las Naciones Unidas y tienen el honor de referirse a la resolución 62/149 de la Asamblea General, titulada “Moratoria del uso de la pena de muerte”, aprobada por la Tercera Comisión el 15 de noviembre de 2007 y posteriormente por la Asamblea General el 18 de diciembre de 2007, por votación registrada. Las referidas Misiones Permanentes desean dejar constancia de su objeción continuada a cualquier intento de imponer una moratoria del uso de la pena de muerte o decretar su abolición en contra de normas vigentes de derecho internacional, por los motivos siguientes:

Documento(s)

Nigeria : Las mujeres y la pena de muerte en los sistemas penales nigerianos

Publicado por Amnistía Internacional, el 8 septiembre 2020


2020

Informe de ONG

Nigeria

fren
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La reciente ampliación en algunas partes de Nigeria de la pena de muerte a las áreas que muchos consideran como aspectos de la vida privada se ha centrado el debate tanto en la adecuación de la pena de muerte en general y sobre la utilización del sistema de justicia penal como forma de regular sexual comportamiento. Amnistía Internacional cree que la pena de muerte en su aplicación en Nigeria, en particular, viola los derechos humanos women’Â de acceso a la justicia, conforme a la ley internacional de derechos humanos y las normas, y tiene un efecto discriminatorio sobre las mujeres en ciertos casos y por ciertos delitos. Esto se hace especialmente grave en los casos de pena capital que está afectando gravemente a las mujeres de estratos socioeconómicos desfavorecidos y zonas remotas.

Documento(s)

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA : Cuestión de política, más que de protección de menores : La pena de muerte por delitos sexuales cometidos contra menores de edad

Publicado por Amnistía Internacional, el 8 septiembre 2020


Informe de ONG

Estados Unidos

en
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El 8 de junio, el gobernador de Carolina del Sur firmó una ley que permite la pena de muerte para una persona condenada por segunda vez de delitos sexuales contra menores de la edad de 11 años y un día después, el gobernador de Oklahoma firmó un proyecto de ley similar. Amnistía Internacional insta a todos los poderes legislativo, ejecutivo y judicial en los Estados Unidos para cumplir con sus obligaciones de derechos humanos al no permitir cualquier expansión de la pena de muerte a delitos no letales, tales como asalto sexual. La organización reitera su llamamiento para una moratoria total sobre las ejecuciones en los Estados Unidos

Documento(s)

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA : Que no se envíe a nadie a la ejecución: La pena de muerte en Estados Unidos como barrera frente a la extradición

Publicado por Amnistía Internacional, el 8 septiembre 2020


Informe de ONG

Estados Unidos

enar
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Este documento examina la cuestión de la extradición y la pena de muerte en los Estados Unidos. Se ve en el surgimiento de las cláusulas de pena de muerte en los tratados de extradición y las leyes y da ejemplos de casos concretos en los EE.UU. donde la extradición o impedido la aplicación de la pena de muerte o han sido eludidas a permitir a las personas para ser condenado a muerte.

Documento(s)

Estados Unidos: Rompiendo con un hábito letal – Un repaso a la pena de muerte en 2007

Publicado por Amnistía Internacional, el 8 septiembre 2020


Informe de ONG

Estados Unidos

en
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En este documento se mira a la pena de muerte en 2007 a partir de la Nueva Jersey de la Pena de Muerte Comisión de Estudio sobre la liberación de su informe final recomendando la abolición y concluyendo con la Asamblea General de aprobar una resolución histórica llamando a una moratoria global. Se incluye la muerte por electrocución, la abolición, la ejecución, la conmutación y la suspensión de la ejecución, las enfermedades mentales, violación de menores y de índole geográfica y el color.

Documento(s)

REPÚBLICA POPULAR CHINA: La pena de muerte en China: Batir récords abatiendo vidas

Publicado por Amnistía Internacional, el 1 enero 1997


1997

China

enfr
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El pasado año se condenó en China aproximadamente a 17 personas a muerte al día, todos los días del año. Las estadísticas nacionales sobre la pena capital están clasificadas como secretos de Estado y nunca se han publicado. Pese a ello, las autoridades chinas siguen sosteniendo que la pena de muerte casi no se utiliza en China; que, según la ley, sólo se aplica a «delincuentes que han cometido los delitos más atroces», y que se aplica la suspensión de la pena siempre que «no hace falta ejecutar de inmediato».

Documento(s)

Ejecución por inyección letal: Un cuarto de siglo de muertes por envenenamiento a manos del Estado

Publicado por Amnistía Internacional, el 1 enero 2007


2007

Informe de ONG

en
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Durante más de dos siglos, los modos de llevar a cabo las ejecuciones han variado, desde los métodos diseñados para infligir y maximizar el sufrimiento de los presos víctimas de homicidio judicial, hasta el enfoque funcional adoptado por la mayoría de los gobiernos modernos que aplican la pena capital. Estos ponen el énfasis en la muerte del preso y no en acentuar el sufrimiento inherente al proceso de ejecución.

Documento(s)

Informe 2018 – Moratoria del uso de la pena de muerte

Publicado por Organización de las Naciones Unidas, el 14 octubre 2020


Informe de las Naciones Unidas

arenfrruzh-hant
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Documento(s)

Informe No. 211/20. Caso 13.750. Informe sobre admisibilidad y fondo. Lezmond C. Mitchell. Estados Unidos de America

Publicado por Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el 24 agosto 2020


2020

Informe de los organismos regionales

Estados Unidos

en
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Documento(s)

Pena de muerte en Irak: arbitraria e injusta

Publicado por Amnistía Internacional, el 1 enero 2007


2007

Informe de ONG

Iraq

enarfr
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Desde la reintroducción de la pena de muerte en agosto de 2004 más de 270 personas han sido condenadas a muerte en Irak. Irak ahora figura entre los países con mayor número de ejecuciones documentadas en 2006. Amnistía Internacional le preocupa que muchos de los condenados a muerte por el Tribunal Penal Central de Irak no recibieron un juicio justo. Amnistía Internacional pide al gobierno iraquí a establecer de inmediato una moratoria sobre las ejecuciones con vistas a la abolición total de la pena de muerte.

Documento(s)

Asamblea General de las Naciones Unidas – Resoluciones del 77º Período de Sesiones

Publicado por Organización de las Naciones Unidas, el 15 diciembre 2022


2022

Informe de las Naciones Unidas

arenfrruzh-hant
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Este informe de la Asamblea General de las Naciones Unidas presenta las resoluciones del 77º periodo de sesiones. Incluye informes sobre la moratoria del uso de la pena de muerte (A/77/463/Add.2 DR XII) que fue adoptada el 15 de diciembre de 2022 con una votación (125-37-22) (A/77/PV.54) bajo el punto 68(b). Guiada por los propósitos y principios contenidos en la Carta de las Naciones Unidas, reafirma la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención sobre los Derechos del Niño y recuerda el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte.

Documento(s)

Poster Spanish 2010

Publicado por World Coalition against the death penalty , el 10 octubre 2010


2010

Campañas

enfr
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La pena de muerte
es una sombra sobre la democracia

Documento(s)

Kit de Ratificación – Sierra Leone

el 13 julio 2022


2022

Coalición mundial

Lobbying

Sierra Leona

en
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Este kit de ratificación está destinado a los encargados de la formulación de políticas y proporciona el procedimiento de ratificación y los argumentos para convencer al gobierno de que adopte el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte. Por lo general, los gobiernos no conocen a fondo el Protocolo Americano. Este material puede contener respuestas a las preguntas que se le harán durante sus esfuerzos de cabildeo.

Documento(s)

CONDENAS A MUERTE Y EJECUCIONES 2020

Publicado por Amnesty International , el 26 mayo 2021


2021

Informe de ONG

arenfafrru
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Este informe trata sobre la aplicación judicial de la pena de muerte durante el periodo comprendido entre enero y diciembre de 2020.

Como en años anteriores, se ha recabado información de diversas fuentes, entre ellas, las cifras oficiales disponibles, las sentencias dictadas, información de personas condenadas a muerte y sus familias y representantes, informaciones de los medios de comunicación y, en relación con algunos países, informes de otras organizaciones de la sociedad civil.

Amnistía Internacional informa exclusivamente sobre ejecuciones, condenas a muerte y otros aspectos del uso de la pena capital, como conmutaciones y exoneraciones, cuando hay una confirmación razonable.

En muchos países, los gobiernos no publican información sobre el uso que hacen de la pena de muerte. En China y Vietnam, la información sobre el uso de la pena capital está clasificada como secreto de Estado. En 2020, la información disponible sobre algunos países —concretamente Laos y Corea del Norte (República Popular Democrática de Corea)— fue escasa o nula debido a prácticas restrictivas del Estado.

Documento(s)

La pena capital y la aplicación de las salvaguardias para garantizar la protección de los derechos de las personas condenadas a la pena de muerte

Publicado por Naciones Unidas Consejo Económico y Social , el 26 mayo 2021


Informe de las Naciones Unidas

arenfrruzh-hant
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En su resolución 1745 (LIV), de 16 de mayo de 1973, el Consejo Económico y Social invitó al Secretario General a que le presentara informes periódicos
actualizados y analíticos sobre la pena capital a intervalos quinquenales a partir de 1975. En su resolución 1995/57, de 28 de julio de 1995, el Consejo recomendó que los informes quinquenales del Secretario General siguieran abarcando también la aplicación de las salvaguardias para garantizar la protección de los derechos de las personas condenadas a la pena de muerte. En esa misma resolución, el Consejo pidió al Secretario General que, al preparar el informe quinquenal, utilizara todos los datos disponibles, incluidas las investigaciones criminológicas más recientes. El presente informe, que es el décimo informe quinquenal, contiene un examen del uso de la pena capital y las tendencias al respecto, incluida la aplicación de las salvaguardias,
durante el período 2014-2018.

De conformidad con las resoluciones del Consejo Económico y Social 1745 (LIV) y 1990/51, de 24 de julio de 1990, y con la decisión 2005/247 del Consejo, de 22 de julio de 2005, este informe se presenta al Consejo en su período de sesiones sustantivo de 2020, y se presentará también a la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal en su 29º período de sesiones y al Consejo de Derechos Humanos en su 44º período ordinario de sesiones.

En el informe sobre el quinquenio 2014-2018 se confirma la tendencia, documentada en informes anteriores, a la abolición y limitación del uso de la pena capital en la mayoría de los países. El número de Estados que han abolido la pena de muerte en la legislación y en la práctica siguió aumentando. Esto se refleja en el mayor número de Estados que asumen la obligación dimanante de los tratados de no aplicar la pena de muerte. En el quinquenio también se registraron alguno s años en que aumentó significativamente la cantidad de ejecuciones, que llevaron a cabo un número pequeño de Estados. La situación se estabilizó al final del período abarcado por la encuesta, y el número de ejecuciones registradas en el último año, 2018, fue el
menor en muchos años.

Las salvaguardias para garantizar la protección de los derechos de las personas condenadas a la pena de muerte se aplican a los Estados que mantienen la pena capital. No obstante, preocupa que se siguiera imponiendo la pena de muerte a personas que eran menores de 18 años en el momento de cometer el delito, y que se impusieran sentencias de muerte en casos en que no se cumplía la norma de los “delitos más graves”, y en casos en que los juicios correspondientes no se ajustaron a las normas internacionales.

Documento(s)

Poster Spanish – 2022 Día Mundial contra la Pena de Muerte

Publicado por the World Coalition Against the Death Penalty, el 7 julio 2022


2022

Coalición mundial

arenfafrruzh-hant
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Documento(s)

Uzbekistán: Juicios sin garantías y ejecuciones secretas : Este documento es un resumen del informe de Amnistía Internacional titulado “Justice only in heaven” – the death penalty in Uzbekistan

Publicado por Amnistía Internacional, el 8 septiembre 2020


2020

Uzbekistán

enfr
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Este documento ofrece un resumen del informe «Uzbekistán:» La justicia sólo en el cielo «- la pena de muerte en Uzbekistán» (EUR 62/011/2003).

Documento(s)

República Socialista de Vietnam: La pena de muerte – inhumana e ineficaz

Publicado por Amnistía Internacional, el 8 septiembre 2020


Viet Nam

enfr
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Las autoridades vietnamitas no hacen públicos de forma periódica los datos estadísticos completos del número de penas de muerte dictadas y de ejecuciones llevadas a cabo, y la prensa oficial únicamente informa de un número limitado de casos. Sin embargo, Amnistía Internacional ha recibido información fiable según la cual la mayoría de las personas condenadas a muerte son ejecutadas una vez que sus causas han agotado los procedimientos de apelación. Las ejecuciones se llevan a cabo mediante pelotón de fusilamiento, al parecer frecuentemente en público, y en ocasiones en presencia de más de un millar de personas. Amnistía Internacional cree que la pena de muerte constituye la peor forma de pena cruel, inhumana y degradante y una vulneración del derecho a la vida y que las condiciones que rodean la aplicación de dichas penas en Vietnam contravienen las normas internacionales de derechos humanos. El hecho de que los juicios carentes de las debidas garantías sean habituales en Vietnam supone que la pena de muerte se aplica en condiciones que pueden dar lugar a errores judiciales irreversibles.

Documento(s)

La cuestión de la pena capital: Informe del Secretario General 2016

Publicado por Naciones Unidas, el 1 enero 2016


2016

Informe de ONG

enrufrzh-hant
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De conformidad con la decisión 18/117 del Consejo de Derechos Humanos, el presente informe tiene por finalidad actualizar la información proporcionada en informes anteriores sobre la cuestión de la pena capital. En él se confirma la continuación de la tendencia hacia la abolición universal de la pena de muerte. Sin embargo, una minoría de Estados ha seguido utilizando la pena capital en contravención del derecho internacional de los derechos humanos. Tal como se pide en la resolución 22/11 del Consejo de Derechos Humanos, este informe también incluye información sobre los derechos humanos de los hijos de personas condenadas a muerte o ejecutadas.

Documento(s)

Arabia Saudí: Silenciar las voces críticas: Juicios politizados ante el Tribunal Penal Especializado de Arabia Saudí – Resumen ejecutivo y conclusiones

Publicado por Amnistía Internacional, el 8 septiembre 2020


2020

Informe de ONG

Arabia Saudita

enarfr
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Desde 2011, el Tribunal Penal Especializado de Arabia Saudí se ha venido utilizando como instrumento de represión para silenciar la disidencia. Esto ha tenido efectos paralizantes. Entre las personas a las que el Tribunal ha impuesto duras penas hay periodistas, defensores y defensoras de los derechos humanos, activistas de la esfera política, profesionales de la literatura, clérigos y activistas de los derechos de las mujeres. Aplicando de forma generalizada la draconiana legislación antiterrorista y la Ley de Delitos Informáticos del país, los jueces del Tribunal Penal Especializado han presidido juicios manifiestamente injustos.

Documento(s)

Defectos mortales – Por qué Malasia debe abolir la pena de muerte

Publicado por Amnistía Internacional, el 8 septiembre 2020


Informe de ONG

Malasia

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La legislación malasia mantiene la pena de muerte por más de 30 delitos. Se impone de manera habitual por actos, como el tráfico de drogas, que no cumplen el criterio de “los más graves delitos”, a los que debe limitarse su uso con arreglo a las leyes y normas internacionales. En septiembre de 2019 había más de 1.290 personas condenadas a muerte. La investigación de Amnistía Internacional ha puesto de relieve que la pena de muerte en Malasia se impone sobre todo a personas declaradas culpables de tráfico de drogas y, entre ellas de manera desproporcionada a mujeres y personas extranjeras.

Documento(s)

Mesa Redonda De Alto Nivel Sobre La Cuestión De La Pena De Muerte

Publicado por Office of the High Commissioner for Human Rights (OHCHR) / Human Rights Council, el 1 enero 2019


2019

Informe de ONG

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Este informe se presenta en cumplimiento de lo dispuesto en las resoluciones 26/2 y 36/17 del Consejo de Derechos Humanos. Contiene un resumen de la mesa redonda de alto nivel sobre la cuestión de la pena de muerte que se celebró el 26 de febrero de 2019 durante el 40º período de sesiones del Consejo. El debate de la mesa redonda se ocupó de las violaciones de los derechos humanos relacionadas con el uso de la pena de muerte, en particular en lo que respecta a los derechos a la no discriminación y a la igualdad.

Documento(s)

Ejecuciones de personas que eran menores de edad en el momento del delito desde 1990 hasta abril de 2019

Publicado por Amnistía Internacional, el 1 enero 2019


Artículo

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Hay países que siguen ejecutando a personas que eran menores de 18 años en el momento del delito a pesar de que el derecho internacional de los derechos humanos prohíbe la aplicación de la pena de muerte en tales casos. El número de esas ejecuciones es reducido en comparación con el total de ejecuciones anuales registradas por Amnistía Internacional, Sin embargo, su importancia va más allá de las cifras y pone en cuestión el compromiso de respetar el derecho internacional por parte de los Estados ejecutores.

Documento(s)

Condenas a muerte y ejecuciones 2018

Publicado por Amnistía Internacional, el 1 enero 2019


Informe de ONG

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Las investigaciones de Amnistía Internacional sobre el empleo de la pena de muerte en 2018 confirmaron que su imposición y aplicación se circunscribe a una minoría de países. El número de ejecuciones conocidas se redujo en más de un 30% con respecto a 2017, alcanzando así la cifra más baja registrada por la organización desde hace 10 años. Este hecho r efleja un descenso considerable en algunos de los países donde más ejecuciones se consuman, como Irak, Irán, Pakistán y Somalia.

Documento(s)

Moratoria del uso de la pena de muerte

Publicado por Naciones Unidas, el 1 enero 2018


2018

Informe de las Naciones Unidas

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Documento(s)

Condenas a muerte y ejecutiones 2017

Publicado por Amnistía Internacional, el 1 enero 2018


Informe de ONG

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Durante 2017, Amnistía Internacional registró un mínimo de 993 ejecuciones en 23 países: una reducción del 4% respecto a 2016 (con 1.032 ejecuciones) y del 39% respecto a 2015 (cuando la organización informó de 1.634 ejecuciones, la cifra más cuantiosa desde 1989). China siguió siendo el mayor ejecutor del mundo, pero excluyendo a China, el 84% de las ejecuciones conocidas tuvieron lugar en tan sólo cuatro países: Arabia Saudí, Irán, Irak y Pakistán.

Documento(s)

Nota verbal de fecha 7 de septiembre de 2017 dirigida al Secretario General por la Misión Permanente de Egipto ante las Naciones Unidas.

Publicado por Naciones Unidas, el 8 septiembre 2020


2020

Informe de las Naciones Unidas

Antigua y Barbuda

Arabia Saudita

Bangladesh

Barbados

Botswana

Brunei Darussalam

Chad

China

Egipto

Emiratos Árabes Unidos

Etiopía

Granada

Irán (República Islámica del)

Iraq

Jamaica

Kuwait

Libia

Malasia

Maldivas

Moratoria

Nigeria

Omán

Pakistán

Papua Nueva Guinea

República Árabe Siria

República Popular Democrática de Corea

Saint Kitts y Nevis

San Vicente y las Granadinas

Santa Lucía

Singapur

Sudán

Yemen

Zimbabwe

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Las Misiones Permanentes ante las Naciones Unidas en Nueva York que se enumeran a continuación tienen el honor de referirse a la resolución 71/187de la Asamblea General, titulada “Moratoria del uso de la pena de muerte”, aprobada por la Tercera Comisión el 17 de noviembrede 2016 y, posteriormente, por la Asamblea General el 19de noviembre de 2016 en votación registrada. Las referidas Misiones Permanentes desean dejar constancia de que persisten en su objeción a cualquier intento de imponer una moratoria del uso de la pena de muerte o decretar su abolición, en contravención de las normas vigentes de derecho internacional, por los siguientes motivos:

Documento(s)

Mesa redonda de alto nivel sobre la cuestión de la pena de muerte

Publicado por Human Rights Council, el 1 enero 2019


2019

Informe de ONG

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Este informe se presenta de conformidad con la resolución 30/5 del Consejo de Derechos Humanos y ofrece un resumen de la mesa redonda de alto nivel sobre la cuestión de la pena de muerte celebrada el 1 de marzo de 2017, durante el 34º período de sesiones del Consejo. El objeto de la mesa redonda era proseguir con el intercambio de opiniones acerca de la pena de muerte, así como abordar violaciones relacionadas con el uso de la pena de muerte, en particular con respecto a la prohibición de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

Documento(s)

Condenas a muerte y ejecuciones 2016

Publicado por Amnistía Internacional, el 1 enero 2017


2017

Informe de ONG

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Este informe trata sobre la aplicación judicial de la pena de muerte durante el periodo comprendido entre enero y diciembre de 2016. Al igual que en años anteriores, la información recopilada procede de fuentes diversas, entre ellas cifras oficiales, información de personas condenadas a muerte y de sus familias y representantes, información facilitada por otras organizaciones de la sociedad civil, e información publicada en los medios de comunicación.

Documento(s)

Resolution 71/187 – Moratoria del uso de la pena de muerte

Publicado por Asamblea General de las Naciones Unidas, el 8 septiembre 2020


2020

Derecho internacional - Naciones Unidas

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Resolución aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 19 de diciembre de 2016 [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/71/484/Add.2] 71/187. Moratoria del uso de la pena de muerte

Documento(s)

Nota verbal de fecha 28 de julio de 2015 dirigida al Secretario General por la Misión Permanente de Egipto ante las Naciones Unidas

Publicado por Naciones Unidas, el 8 septiembre 2020


Informe de las Naciones Unidas

Antigua y Barbuda

Arabia Saudita

Bangladesh

Botswana

Brunei Darussalam

China

Egipto

Emiratos Árabes Unidos

Etiopía

Guyana

Irán (República Islámica del)

Iraq

Jamaica

Kuwait

Libia

Malasia

Moratoria

Nigeria

Omán

Pakistán

Qatar

República Árabe Siria

República Popular Democrática de Corea

Singapur

Sudán

Trinidad y Tobago

Yemen

Zimbabwe

arenfrruzh-hant
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Las misiones permanentes ante las Naciones Unidas en Nueva York que se enumeran a continuación tienen el honor de referirse a la resolución 69/186 de la Asamblea General, titulada “Moratoria deluso de la pena de muerte”, aprobada por la Tercera Comisión el 21 de noviembre de 2014 y, posteriormente, por la Asamblea General el 18 de diciembre de 2014 en votación registrada. Las referidas misiones permanentes desean dejar constancia de que persisten en su objeción a cualquier intento de imponer una moratoria del uso de la pena de muerte o decretar su abolición, en contravención de las normas vigentes de derecho internacional, por los siguientes motivos:

Documento(s)

Informe 2016 – Moratoria del uso de la pena de muerte

Publicado por Naciones Unidas, el 8 septiembre 2020


Informe de ONG

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Este informe se presenta a la Asamblea General en virtud de su resolución 69/186. En él se analizan las novedades en la abolición de la pena de muerte y el establecimiento de moratorias de las ejecuciones. En el informe también se reflexiona sobre las tendencias del uso de la pena de muerte, incluida la aplicación de las normas internacionales relativas a la protección de los derechos de los condenados a la pena de muerte. Se examina además la función de lasinstituciones nacionales de derechos humanos y las empresas privadas, junto con las iniciativas regionales e internacionales encaminadas a promover la abolición de la pena de muerte.

Documento(s)

Condenas a muerte y ejecuciones 2015

Publicado por Amnistía Internacional, el 1 enero 2016


2016

Informe de ONG

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Este informe abarca la aplicación judicial de la pena de muerte durante el periodo comprendido entre enero y diciembre de 2015. Al igual que en años anteriores, la información recopilada procede de diversas fuentes, entre ellas cifras oficiales, información procedente de personas condenadas a muerte y de sus familias y representantes, información facilitada por otras organizaciones de la sociedad civil, e información publicada en los medios de comunicación. Amnistía Internacional sólo informa sobre ejecuciones, condenas a muerte y otros aspectos del uso de la pena de muerte, como las conmutaciones y exoneraciones, cuando existe una confirmación razonable.

Documento(s)

Mesa redonda de alto nivel sobre la cuestión de la pena de muerte. Informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos

Publicado por Naciones Unidas / Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, el 1 enero 2015


2015

Informe de ONG

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Este informe contiene un resumen de la mesa redonda de alto nivel sobre la cuestión de la pena de muerte que se celebró el 4 de marzo de 2015 durante el 28º período de sesiones del Consejo. El propósito de la mesa redonda era continuar el intercambio de puntos de vista sobre la cuestión de la pena de muerte y examinar las iniciativas regionales destinadas a abolir la pena de muerte y las dificultades existentes.

Documento(s)

La pena capital y la aplicación de las salvaguardias para garantizar la protección de los derechos de los condenados a la pena de muerte. Suplemento anual del Secretario General de su informe quinquenal sobre la pena capital

Publicado por Naciones Unidas / Human Rights Council, el 1 enero 2015


Informe de ONG

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El presente informe examina las posibles consecuencias de la imposición y la aplicación de la pena de muerte para el ejercicio de distintos derechos humanos, incluidos la dignidad humana, el derecho a la vida, el derecho a no ser sometido a torturas o a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, el derecho a un juicio imparcial y el derecho a la igualdad y a la no discriminación. También examina los efectos para el ejercicio de los derechos humanos de los hijos de padres que son condenados a muerte o ejecutados, o de otras personas vinculadas con condenados a muerte. Asimismo, examina las consecuencias de la falta de transparencia en la imposición y la aplicación de la pena de muerte.

Documento(s)

Folleto – Día Mundial 2015

Publicado por Coalición mundial contra la pena de muerte, el 8 septiembre 2020


2020

Contenido multimedia

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Este folleto de información sobre el Día Mundial 2015 ofrece un balance sobre la situación de la pena de muerte por tráfico de drogas. Igualmente propone argumentos contra la pena de muerte.Ordene gratuitamente los folletos a la Secretaría de la Coalición Mundial:contact@worldcoalition.org

Documento(s)

La pena capital y la aplicación de las salvaguardias para garantizar la protección de los derechos de los condenados a la pena de muerte : Informe del Secretario General

Publicado por Naciones Unidas / Consejo Económico y Social, el 1 enero 2015


2015

Informe de las Naciones Unidas

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El Consejo Económico y Social, en su resolución 1745 (LIV), de 16 de mayo de 1973, invitó al Secretario General a que le presentara informes periódicos actualizados y analíticos sobre la pena capital a intervalos quinquenales a partir de 1975. En su resolución 1995/57, de 28 de julio de 1995, el Consejo recomendó que los informes quinquenales del Secretario General siguieran tratando además de la aplicación de las salvaguardias para garantizar la protección de los derechos de los condenados a la pena de muerte. En la misma resolución, el Consejo pidió al Secretario General que, en la preparación del informe quinquenal, utilizara todos los datos disponibles, incluida la investigación criminológica más reciente. En el presente noveno informe quinquenal se examinan la utilización y las tendencias de la pena capital, incluida la aplicación de las salvaguardias durante el período 2009-2013.

Documento(s)

Condenas a muerte y ejecuciones 2014

Publicado por Amnistía Internacional, el 1 enero 2015


Informe de ONG

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Este informe abarca la aplicación judicial de la pena de muerte durante el periodo comprendido entre enero y diciembre de 2014. Al igual que en años anteriores, la información recopilada procede de diversas fuentes, entre ellas cifras oficiales, información procedente de personas condenadas a muerte y de sus familias y representantes, información facilitada por otras organizaciones de la sociedad civil, e información publicada en los medios de comunicación. Amnistía Internacional sólo informa sobre ejecuciones, condenas a muerte y otros aspectos del uso de la pena de muerte, como las conmutaciones y exoneraciones, cuando existe una confirmación razonable.

Documento(s)

Resolución 69/186 – Moratoria del uso de la pena de muerte

Publicado por Asemblea General de las Naciones Unidas, el 8 septiembre 2020


2020

Derecho internacional - Naciones Unidas

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Resolución aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 2014 [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/69/488/Add.2 y Corr.1)] 69/186. Moratoria del uso de la pena de muerte

Documento(s)

Nota verbal de fecha 16 de abril de 2013 dirigida al Secretario General por la Misión Permanente de Egipto ante las Naciones Unidas

Publicado por Naciones Unidas, el 8 septiembre 2020


Informe de las Naciones Unidas

Afganistán

Antigua y Barbuda

Arabia Saudita

Bahrein

Bangladesh

Barbados

Botswana

Brunei Darussalam

Chad

China

Egipto

Emiratos Árabes Unidos

Eritrea

Eswatini

Etiopía

Granada

Guinea Ecuatorial

Guyana

India

Irán (República Islámica del)

Iraq

Islas Salomón

Jamaica

Kuwait

Libia

Malasia

Mauritania

Moratoria

Myanmar

Nigeria

Omán

Pakistán

Papua Nueva Guinea

Qatar

República Árabe Siria

República Democrática Popular Lao

República Popular Democrática de Corea

Saint Kitts y Nevis

San Vicente y las Granadinas

Santa Lucía

Singapur

Somalia

Sudán

Tonga

Trinidad y Tobago

Uganda

Yemen

Zimbabwe

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Las misiones permanentes ante las Naciones Unidas en Nueva York que se indican a continuación tienen el honor de referirse a la resolución 67/176 de la Asamblea General, titulada “Moratoria del uso de la pena de muerte”, aprobada por la Tercera Comisión el 19 de noviembre de 2012 y posteriormente por la Asamblea General el 20 de diciembre de 2012 en votación registrada. Las referidas misiones permanentes desean dejar constancia de que siguen objetando cualquier intento de imponer una moratoria del uso de la pena de muerte o decretar su abolición, en contravención de las normas vigentes de derecho internacional, por los siguientes motivos:

Documento(s)

Informe del Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias

Publicado por Naciones Unidas, el 1 enero 2014


2014

Informe de ONG

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Enesteinformeel Relator Especial presentaun panorama general desusactividades yexaminacuatro cuestiones diferentes relacionadas con la protección delderecho a la vida:a) el papel delos sistemas regionales de derechos humanos;b) lasarmas“menos letales”y sin manipulador en los órganos encargados de hacer cumplirlas leyes;c) la reanudación de la pena de muerte; yd) la función de los indicadoresestadísticos.

Documento(s)

Informe 2014 – Moratoria del uso de la pena de muerte

Publicado por Naciones Unidas, el 8 septiembre 2020


2020

Informe de ONG

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Este informe se presenta a la Asamblea General en virtud de su resolución67/176. En él se analiza la tendencia hacia la abolición de la pena de muerte y elestablecimiento de moratoriasdelas ejecuciones. En el informe también sereflexiona sobre la aplicación de las normas internacionales relativas a la protecciónde los derechos deloscondenados amuerte y se examinan diversas iniciativasinternacionales y regionales paraaplicarla resolución67/176.

Documento(s)

La cuestión de la pena capital: Informe del Secretario General 2014

Publicado por Naciones Unidas, el 8 septiembre 2020


Informe de ONG

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De conformidad con la decisión 18/117 del Consejo de Derechos Humanos, elpresente informe tiene por finalidad actualizar la información proporcionada en informesanteriores sobre la cuestión de la pena capital. En él se confirma la continuación de latendencia hacia la abolición universal de la pena de muerte. Sin embargo, sigue existiendogran preocupación acerca de la falta de respeto por las normas internacionales de derechoshumanos en los Estados que aún imponen la pena de muerte. Tal como se pide en laresolución 22/11 del Consejo de Derechos Humanos, el informe también incluyeinformación sobre los derechos humanos de los hijos de personas condenadas a muerte oejecutad.

Documento(s)

Así No Hay Mayor Seguridad: Delincuencia, Seguridad Publica y Pena de Muerte

Publicado por Amnistía Internacional, el 1 enero 2013


2013

Informe de ONG

en
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Este documento pretende ofrecer una perspectiva general acerca del modo en que losgobiernos defienden el recurso a la pena de muerte para hacer frente a la delincuencia y a lainquietud sobre la seguridad pública, desviando la atención de la opinión pública desoluciones a largo plazo sumamente necesarias que podrían abordar la delincuencia y suscausas fundamentales con mucha mayor efectividad. Analiza una serie de estudios recientessobre tendencias en homicidios, la percepción pública de la seguridad y el efecto disuasoriode la pena de muerte. Los estudios concluyeron que, para disuadir de la comisión de delitos,los gobiernos deben seguir un planteamiento multifacético en el que participen distintossectores de la sociedad y se utilicen múltiples herramientas, en las que no tiene cabida lapena de muerte.

Documento(s)

Cómo aliviar la carga que supone para los menores la condena a muerte de un(a) progenitor(a)

Publicado por Oliver Robertson / Oficina Cuáquera ante las Naciones Unidas, el 1 enero 2013


Informe de ONG

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Este artículo comienza proporcionando información básica sobre los hijose hijas de padres condenados a muerte, aspectos que perduran a lo largode toda la interacción de dicho progenitor(a) con el sistema de justicia penal.Seguidamente, estudia aquellos aspectos que son similares a aquellos a losque se enfrentan los hijos e hijas de otros reclusos, pero se centra en lasdiferencias que afectan a los hijos de padres condenados a muerte. Para unainformación más detallada sobre la situación de los hijos de reclusos en todoel mundo, incluyendo recomendaciones y ejemplos de buenas prácticas, léaseel artículo de QUNO del año 2012:Convictos colaterales. En tercer lugar, seconsideran las cuestiones radicalmente distintas, aquellas que experimentanúnicamente los hijos cuyos padres o madres han sido condenados a muerte. Alo largo de todo el artículo se incluye un número limitado de recomendaciones;no se pretende que sean absolutas, sino que tan solo abarcan aquellosámbitos donde ya existe evidencia de un progreso positivo.

Documento(s)

Infografía: la Pena de Muerte en las Américas

Publicado por IACHR , el 1 enero 2014


2014

Contenido multimedia

en
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En ocasión del Día Internacional contra la Pena de Muerte, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) exhorta a los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos (OEA) que tienen la pena de muerte a abolirla o a imponer una moratoria a su aplicación como paso hacia la abolición. Asimismo, exhorta a garantizar el pleno cumplimiento de las decisiones de la CIDH en casos relativos a pena de muerte. Aunque la mayoría de los Estados Miembros de la OEA han abolido la pena capital, una minoría importante la mantiene. Estados Unidos es actualmente el único país de las Américas donde se llevan a cabo ejecuciones a la pena de muerte.

Documento(s)

Condenas a muerte y ejecuciones en 2013

Publicado por Amnistía Internacional, el 1 enero 2014


Informe de ONG

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Los datos recopilados sobre la pena de muerte en 2013 confirman que sólo la aplican una minoría de países. No obstante, también hay que dejar constancia de algunos retrocesos graves. Entre los los aspectos negativos que Amnistía Internacional registró durante el año figuran la reanudación de las ejecuciones en Indonesia, Kuwait, Nigeria y Vietnam, así como el considerable aumento de las ejecuciones documentadas en Irán e Irak. El año pasado se documentaron ejecuciones en 22 países, uno más que en 2012.

Documento(s)

Observación general núm. 36 – Artículo 6: derecho a la vida

Publicado por Comite de derechos humanos, el 8 septiembre 2020


2020

Informe de las Naciones Unidas

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Esta observación general sustituye a las observaciones generales núm. 6, aprobada por el Comité en su 16º período de sesiones (1982), y núm. 14, aprobada por el Comité en su 23erperíodo de sesiones (1984).

Documento(s)

Informe del Secretario General de las Naciones Unidas 2013

Publicado por Naciones Unidas, el 1 enero 2013


2013

Informe de ONG


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El informe contiene información sobre la cuestión de la pena de muerte, y en él se afirma que la comunidad internacional en su conjunto está avanzando hacia la abolición de la pena capital en el derecho y en la práctica. Sin embargo, un pequeño número de Estados ha seguido utilizando esa pena y, en muchos casos, no se han respetado plenamente las normas internacionales que garantizan la protección de los derechos de los condenados a muerte. En el informe también se examinan las constantes dificultades para acceder a información fidedigna sobre las ejecuciones y sobre las cuestiones relacionadas con los derechos humanos de los hijos de personas condenadas a muerte o ejecutadas.

  • Tipo de documento Informe de ONG
  • Lista de temasPena de muerte,

Documento(s)

Folleto Ciudades contra la Pena de Muerte

Publicado por Comunidad de Sant’Egidio, el 1 enero 2013


Informe académico

enfr
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Documento(s)

Los niños y niñas de personas condenadas a muerte o ejecutadas : ¿Como se ven afectados/das ? ¿Como se los puede apoyar ?

Publicado por Child Rights Connect, el 1 enero 2013


Informe académico


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Desde el momento del arresto hasta décadasdespués de la ejecución o liberación de unpadre o una madre acusados de un crimencapital, la situación mental y bienestar de los niñosy niñas, su situación de vida y relación con otros,pueden todos verse afectados, por lo común,de manera devastadora. El trauma inherentede saber que un ser querido va a ser ejecutadopuede verse exacerbado por la indiferencia uhostilidad pública, y por las autoridades que noreconocen la situación de esos niños y niñas odeliberadamente se rehúsan a tomarla en cuenta. Esta publicacion se interesa a los retos para sostener estos ninos.

  • Tipo de documento Informe académico
  • Lista de temasEl derecho internacional, Pena de muerte obligatoria, Pena de muerte,

Documento(s)

UZBEKISTÁN : El derecho a la vida no admite esperas – Penas de muerte hasta el 2008?

Publicado por Amnistía Internacional, el 8 septiembre 2020


2020

Uzbekistán

es
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Amnistía Internacional acoge con satisfacción el compromiso del gobierno con la abolición de la pena de muerte. Sin embargo, la organización insta a las autoridades a reforzar este paso conmutando con prontitud todas las penas de muerte pendientes y suspendiendo la imposición de nuevas penas hasta la abolición total de la pena capital en el año 2008. A menos que se introduzcan cambios fundamentales de inmediato, decenas de personas podrían ser condenadas a muerte y ejecutadas antes de enero del 2008. Amnistía Internacional ha documentado en anteriores informes las deficiencias del sistema de justicia penal de Uzbekistán y cómo éstas constituyen terreno abonado para la comisión de errores judiciales y para ejecuciones debidas a esos errores judiciales y a juicios manifiestamente injustos. Tras su visita al país en noviembre y diciembre del 2002, el relator especial de las Naciones Unidas sobre la cuestión de la tortura estimó que “[…] el uso de torturas o formas análogas de malos tratos es sistemático” en Uzbekistán. La falta de independencia de la judicatura, la corrupción que domina cada aspecto del sistema –desde la instrucción hasta el procedimiento de indulto–, las discrepancias palmarias entre la legislación interna, su aplicación y las obligaciones que ha contraído Uzbekistán en virtud de tratados internacionales de derechos humanos, todo favorece la comisión de errores judiciales.

Documento(s)

“¿Será éste mi último día?” La pena de muerte en Japón

Publicado por Amnistía Internacional, el 1 enero 2006


2006

Informe de ONG

Japón

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Unos 87 presos permanecen en la actualidad condenados a muerte en Japón. La última ejecución tuvo lugar el 16 de septiembre de 2005, cuando Kitagawa Susumu fue ahorcado por orden del ministro de Justicia por dos asesinatos cometidos en la década de 1980. Desde el año 2000 se ha ejecutado a 11 presos.

Documento(s)

Nota verbal de fecha 10 de febrero de 2009 dirigida al Secretario General por las misiones permanentes ante las Naciones Unidas del Afganistán, la Arabia Saudita, […] y Zimbabwe

Publicado por Naciones Unidas, el 8 septiembre 2020


2020

Informe de las Naciones Unidas

Afganistán

Arabia Saudita

Bahamas

Bahrein

Bangladesh

Barbados

Botswana

Brunei Darussalam

Chad

China

Comoras

Dominica

Egipto

Emiratos Árabes Unidos

Eritrea

Eswatini

Etiopía

Fiyi

Gambia

Granada

Guinea

Guinea Ecuatorial

Guyana

Indonesia

Irán (República Islámica del)

Iraq

Islas Salomón

Kuwait

Libia

Malasia

Maldivas

Mongolia

Moratoria

Myanmar

Níger

Nigeria

Papua Nueva Guinea

Qatar

República Árabe Siria

República Centroafricana

República Democrática Popular Lao

República Popular Democrática de Corea

Saint Kitts y Nevis

San Vicente y las Granadinas

Santa Lucía

Singapur

Somalia

Sudán

Tailandia

Tonga

Trinidad y Tobago

Uganda

Yemen

Zimbabwe

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Las misiones permanentes ante las Naciones Unidas acreditadas por los países que se enumeran más abajo en Nueva York tienen el honor de referirse a la resolución 63/168 de la Asamblea General, titulada “Moratoria del uso de la pena de muerte”, aprobada por la Tercera Comisión el 20 de noviembre de 2008 y, posteriormente, por la Asamblea el 18 de diciembre de 2008, en votación registrada. Las referidas misiones permanentes desean dejar constancia de que mantienen objeción a cualquier intento de imponer una moratoria del uso de la pena de muerte o decretar su abolición, en contra de normas vigentes de derecho internacional, por los motivos siguientes:

Documento(s)

Resolución 62/149 – Moratoria del uso de la pena de muerte

Publicado por Asamblea General de las Naciones Unidas, el 8 septiembre 2020


Derecho internacional - Naciones Unidas

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Resolución aprobada por la Asamblea General [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/62/439/Add.2)] 62/149. Moratoria del uso de la pena de muerte

Documento(s)

Resolución 63/168 – Moratoria del uso de la pena de muerte

Publicado por Asemblea General de las Naciones Unidas, el 8 septiembre 2020


Derecho internacional - Naciones Unidas

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Resolución aprobada por la Asamblea General [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/63/430/Add.2)] 63/168. Moratoria del uso de la pena de muerte

Documento(s)

Resolución 65/206 – Moratoria del uso de la pena de muerte

Publicado por Asemblea General de las Naciones Unidas, el 8 septiembre 2020


Derecho internacional - Naciones Unidas

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Resolución aprobada por la Asamblea General [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/65/456/Add.2 (Part II))] 65/206. Moratoria del uso de la pena de muerte

Documento(s)

Salvaguardias para garantizar la protección de los derechos de los condenados a la pena de muerte

Publicado por Naciones Unidas, el 1 enero 1984


1984

Informe de las Naciones Unidas

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Aprobadas por el Consejo Económico y Social en su resolución 1984/50, de 25 de mayo de 19841. En los países que no la hayan abolido, la pena de muerte sólo podrá imponerse como sanción para los delitos más graves, entendiéndose que su alcance se limitará a los delitos intencionales que tengan consecuencias fatales u otras consecuencias extremadamente graves.

Documento(s)

Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte

Publicado por Naciones Unidas, el 1 enero 1989


1989

Informe de las Naciones Unidas

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Los Estados Partes en el presente Protocolo,Considerando que la abolición de la pena de muerte contribuye a elevar la dignidad humana y desarrollar progresivamente los derechos humanos,Recordando el artículo 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, aprobada el 10 de diciembre de 1948, y el artículo 6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, aprobado el 16 de diciembre de l966,Observando que el artículo 6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos se refiere a la abolición de la pena de muerte en términos que indican claramente que dicha abolición es deseable,Convencidos de que todas las medidas de abolición de la pena de muerte deberían ser consideradas un adelanto en el goce del derecho a la vida,Deseosos de contraer por el presente Protocolo un compromiso internacional para abolir la pena de muerte,Han convenido en lo siguiente:Artículo 11. No se ejecutará a ninguna persona sometida a la jurisdicción de un Estado Parte en el presente Protocolo.2. Cada uno de los Estados Partes adoptará todas las medidas necesarias para abolir la pena de muerte en su jurisdicción.

Documento(s)

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Publicado por Naciones Unidas, el 1 enero 1966


1966

Informe de las Naciones Unidas

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Artículo 61. El derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho estará protegido por la ley. Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente.2. En los países en que no hayan abolido la pena capital sólo podrá imponerse la pena de muerte por los más graves delitos y de conformidad con leyes que estén en vigor en el momento de cometerse el delito y que no sean contrarias a las disposiciones del presente Pacto ni a la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio. Esta pena sólo podrá imponerse en cumplimiento de sentencia definitiva de un tribunal competente.3. Cuando la privación de la vida constituya delito de genocidio se tendrá entendido que nada de lo dispuesto en este artículo excusará en modo alguno a los Estados Partes del cumplimiento de ninguna de las obligaciones asumidas en virtud de las disposiciones de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio.4. Toda persona condenada a muerte tendrá derecho a solicitar el indulto o la conmutación de la pena de muerte. La amnistía, el indulto o la conmutación de la pena capital podrán ser concedidos en todos los casos.5. No se impondrá la pena de muerte por delitos cometidos por personas de menos de 18 años de edad, ni se la aplicará a las mujeres en estado de gravidez.6. Ninguna disposición de este artículo podrá ser invocada por un Estado Parte en el presente Pacto para demorar o impedir la abolición de la pena capital.

Documento(s)

Declaración Universal de Derechos Humanos

Publicado por Naciones Unidas, el 1 enero 1948


1948

Informe de las Naciones Unidas

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El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos, cuyo texto completo figura en las páginas siguientes. Tras este acto histórico, la Asamblea pidió a todos los Países Miembros que publicaran el texto de la Declaración y dispusieran que fuera «distribuido, expuesto, leído y comentado en las escuelas y otros establecimientos de enseñanza, sin distinción fundada en la condición política de los países o de los territorios».

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Homofobia de Estado: Un informe mundial sobre las leyes que prohiben la actividad homosexual con consentimiento entre personas adultas

Publicado por Daniel Ottosson / Asociación Internacional de Lesbianas, Gays, Bisexuales Trans e Intersex (ILGA), el 1 enero 2010


2010

Informe de ONG

Afganistán

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El objetivo de este Informe anual sobre la Homofobia de Estado, como se ha ido afirmando desde su primera edición de 2007, consiste en nombrar y denunciar a los estados que en el siglo XXI siguen denegando a las personas LGBTI los derechos humanos más fundamentales, a saber, el derecho a la vida y a la libertad. Nos anima la esperanza de que así haciendo, cada año haya más y más países que decidan abandonar la ‗comunidad‘ de estados homófobos.En comparación con el Informe del año pasado, donde enumerábamos los 77 países que persiguen a las personas por su orientación sexual, este año encontrarán ustedes en la misma lista ―sólo‖ 76 países, incluidos los cinco criminales infames que se valen de este motivo para condenar a muerte: Irán, Mauritania, Arabia Saudita, Sudán y Yemen (más algunas partes de Nigeria y Somalia). Podría parecernos que un sólo país menos representara escaso progreso respecto a la lista de 2009, si no advirtiésemos que ese país alberga a un sexto de la humanidad.

Documento(s)

Irák: Un millar de personas se enfrentan a la pena de muerte en Irak

Publicado por Amnistía Internacional, el 1 enero 2009


2009

Informe de ONG

Iraq

enarfr
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En la actualidad, la tasa de ejecuciones en Irak es una de las más elevadas del mundo. Se cree que al menos 1.000 personas están condenadas a muerte. De ellas, 150 han agotado todos los recursos legales disponibles y, en consecuencia, corren un grave riesgo de morir ahorcadas.

Documento(s)

LOS DERECHOS HUMANOS FRENTE A LA PENA DE MUERTE : ¿Por qué abolir la pena capital? Septiembre de 2007

Publicado por Amnistía Internacional, el 1 enero 2007


2007

Informe de ONG

enfr
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La pena de muerte no es un acto de legítima defensa frente a una amenaza inminente contra la vida: consiste en dar muerte de forma premeditada a un preso que podría ser castigado con otros métodos menos crueles e igualmente eficaces.

Documento(s)

GHANA : Informe sobre la pena de muerte

Publicado por Amnistía Internacional, el 1 enero 2000


2000

Informe de ONG

Ghana

fren
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Tras siete años sin ejecuciones en Ghana, Amnistía Internacional renueva sus llamamientos a las autoridades para que tomen medidas encaminadas a abolir la pena de muerte. Ante las próximas elecciones presidenciales en diciembre del 2000, la organización insta al gobierno y a los partidos de la oposición a comprometerse para instituir una suspensión de las ejecuciones.

Documento(s)

La pena de muerte en el mundo: noticias del 2000

Publicado por Amnistía Internacional, el 1 enero 2001


2001

Informe de ONG

enarfr
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Este documento intenta informar de las novedades que se produjeron en 2000 y proporcionar datos, actualizados al concluir el año, sobre la situación de la pena de muerte en todo el mundo, sobre diferentes aspectos de su aplicación y sobre los intentos de abolirla o de reducir su imposición.

Documento(s)

LA PENA DE MUERTE EN EL MUNDO: NOTICIAS DE 1999

Publicado por Amnistía Internacional, el 1 enero 2000


2000

Informe de ONG

enfr
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Este documento intenta informar de las novedades que se produjeron en 1999 y proporcionar datos, actualizados al concluir el año, sobre la situación de la pena de muerte en todo el mundo, sobre diferentes aspectos de su aplicación y sobre los intentos de abolirla o de reducir su imposición.

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Convención sobre los Derechos del Niño

Publicado por Naciones Unidas, el 1 enero 1989


1989

Informe de las Naciones Unidas

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Artículo 37Los Estados Partes velarán por que:a) Ningún niño sea sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. No se impondrá la pena capital ni la de prisión perpetua sin posibilidad de excarcelación por delitos cometidos por menores de 18 años de edad.

Documento(s)

Condenas a meurte y ejecuciones en 2010

Publicado por Amnistía Internacional, el 1 enero 2011


2011

Informe de ONG

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En 2010 se tuvo constancia de que se llevaron a cabo ejecuciones judiciales en no menos de 23 países. Son cuatro países más que en 2009, año en que Amnistía Internacional registró el menor número de países que habían ejecutado a personas desde que la organización comenzó a hacer seguimiento de las cifras sobre pena de muerte.

Documento(s)

CONDENAS A MUERTE Y EJECUCIONES 2009

Publicado por Amnistía Internacional, el 1 enero 2010


2010

Informe de ONG

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En 2009 el mundo presenció nuevos avances hacia el objetivo de poner fin a los homicidios judiciales a manos del Estado. No se llevó a cabo en toda Europa ni una sola ejecución por primera vez desde que Amnistía Internacional comenzó a contabilizarlas, y se dieron importantes pasos para hacer realidad las resoluciones de la Asamblea General de la ONU en las que se pedía una moratoria mundial de las ejecuciones. Dos países más, Burundi y Togo, abolieron la pena de muerte en 2009, con lo que el número de Estados que suprimieron totalmente la pena capital de su legislación llegó a 95, una cifra cada vez más cercana al centenar de países que declaran su rechazo a ejecutar a una persona.