Informe de las Naciones Unidas

La pena capital y la aplicación de las salvaguardias para garantizar la protección de los derechos de las personas condenadas a la pena de muerte

Publicado por Naciones Unidas Consejo Económico y Social , el 26 mayo 2021



En su resolución 1745 (LIV), de 16 de mayo de 1973, el Consejo Económico y Social invitó al Secretario General a que le presentara informes periódicos
actualizados y analíticos sobre la pena capital a intervalos quinquenales a partir de 1975. En su resolución 1995/57, de 28 de julio de 1995, el Consejo recomendó que los informes quinquenales del Secretario General siguieran abarcando también la aplicación de las salvaguardias para garantizar la protección de los derechos de las personas condenadas a la pena de muerte. En esa misma resolución, el Consejo pidió al Secretario General que, al preparar el informe quinquenal, utilizara todos los datos disponibles, incluidas las investigaciones criminológicas más recientes. El presente informe, que es el décimo informe quinquenal, contiene un examen del uso de la pena capital y las tendencias al respecto, incluida la aplicación de las salvaguardias,
durante el período 2014-2018.

De conformidad con las resoluciones del Consejo Económico y Social 1745 (LIV) y 1990/51, de 24 de julio de 1990, y con la decisión 2005/247 del Consejo, de 22 de julio de 2005, este informe se presenta al Consejo en su período de sesiones sustantivo de 2020, y se presentará también a la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal en su 29º período de sesiones y al Consejo de Derechos Humanos en su 44º período ordinario de sesiones.

En el informe sobre el quinquenio 2014-2018 se confirma la tendencia, documentada en informes anteriores, a la abolición y limitación del uso de la pena capital en la mayoría de los países. El número de Estados que han abolido la pena de muerte en la legislación y en la práctica siguió aumentando. Esto se refleja en el mayor número de Estados que asumen la obligación dimanante de los tratados de no aplicar la pena de muerte. En el quinquenio también se registraron alguno s años en que aumentó significativamente la cantidad de ejecuciones, que llevaron a cabo un número pequeño de Estados. La situación se estabilizó al final del período abarcado por la encuesta, y el número de ejecuciones registradas en el último año, 2018, fue el
menor en muchos años.

Las salvaguardias para garantizar la protección de los derechos de las personas condenadas a la pena de muerte se aplican a los Estados que mantienen la pena capital. No obstante, preocupa que se siguiera imponiendo la pena de muerte a personas que eran menores de 18 años en el momento de cometer el delito, y que se impusieran sentencias de muerte en casos en que no se cumplía la norma de los “delitos más graves”, y en casos en que los juicios correspondientes no se ajustaron a las normas internacionales.




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